Cuantificando la incidencia del "derecho cautelar"

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La semana pasada leí esta nota de Manuel Tarricone y Laura Zommer en Chequeado que habla sobre qué hay de cierto en que proliferan, digamos, cautelares delivery que impiden al Poder Ejecutivo gobernar.

Para poner las cosas en contexto, ese artículo recuerda que muchas medidas "emblemáticas" de la actual administración no fueron judicializadas (recuerdan en tal sentido: estatizaciones de Aerolíneas Argentinas, YPF y las AFJP, la ley de matrimonio igualitario, la reforma política que implementó las PASO y las reformas de la Carta Orgánica del Banco Central, del mercado de capitales y de la ley de abastecimiento), además de que algunas cautelares fueron tuvieron "tuvieron desenlaces dispares" como ocurrió con la ley de medios, el pago de deuda con reservas del Banco Central o algunos ahorristas que consiguieron cautelares para comprar divisa extranjera.

Habiendo dicho esto, los autores dicen "no existen en el país estadísticas unificadas ni sistemas de búsqueda de información que permitan identificar, de manera certera, todas las medidas cautelares dictadas contra el Estado nacional en los últimos años", lo cual es cierto.


Una cuantificación indirecta

Sin embargo, usando los datos de mi tesis doctoral (en preparación, versa sobre derecho local ante la Corte Suprema) yo podría hacer una medición indirecta que nos muestra cómo fue creciendo estructuralmente la práctica del derecho cautelar, al menos en la Corte Suprema. Nótese que estoy descibiendo el fenómeno, no valorándolo positiva ni negativamente (que es otra cosa).

Así, no me estoy basando en cautelares contra el gobierno nacional, sino en cautelares de la Corte que suspenden leyes o normas locales (provincias o CABA) a lo largo del período 1984-2013.

De esa forma, el indicador nos mostrará un número más "puro" porque el análisis judicial de legislación local es de visibilidad acotada, está menos sujeto a presiones de la atención mediática, y menos sujeto a los vaivenes de como cotiza en un momento dado la relación (encomillemos) Corte vs. Gobierno; además, los eventuales afectados por esa normas no tienen posibilidad real de amenazar con eventuales destituciones de los jueces cautelantes. Los sesgos que pudiera haber se terminan además compensando por el hecho de que hay 25 jurisdicciones involucradas, de diferentes colores políticos. Podemos verlo, entonces, como un indicador estructural del fenómeno cautelar.

El resultado emergente es este

Casos de Derecho local ante la Corte Superma.
Los números son reportados por promedios móviles trienales.


El gráfico puede leerse de dos formas.

Vamos a la lectura más "directa". Quiere decir, ni más ni menos, que durante mucho, mucho tiempo, hasta 2001 las cautelares eran una leve aureola, casi imperceptible, por sobre las inconstitucionalidades, y que a partir de ese año empezaron a crecer hasta llegar a períodos donde el número de cautelares superaba al número de inconstitucionalidades "propiamente dicho". El ancho ampliado de la zona naranja pastel nos está marcando un crecimiento estructural efectivo y no episódico de las cautelares contra normas, que precede y posiblemente excederá al ciclo de la administración nacional actual. De esa forma, toda evaluación de las cautelares contra el gobierno nacional no puede leerse desatendiendo este contexto.

Y luego, cabe hacer otra nueva lectura, acaso indirecta, porque busca situarnos dentro de todo el panorama. Estamos ciertos de que del amplio marco de leyes y normas locales vigentes simultáneamente en el ordenamiento provincial (podríamos imaginar -en una estimación a mano alzada, y conservadora- que deben ser unas treinta mil leyes, mas otro número igual de decretos, ordenanzas, etc.) sólo unas cinco son "cauteladas" anualmente por la Corte federal (el número más alto, nueve, fue en 2013). Lo que, en términos de perspectiva, es una gota en un balde.

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