¿Law geek? Nah ...

Hoy, Mario Wainfeld me entrevistó para su programa "Mario de Palermo" en Radio Ciudad de Buenos Aires, AM 1110.

Creo que la entrevista fue amena y Mario estuvo muy gentil: hablé un poco de derecho, explicando la peregrina relación entre la Heroica de Beethoven y la interpretación constitucional, y también dije algo sobre los desafíos y las limitaciones de este medio, en línea de lo que había dicho en esta memoria y balance del primer año de este sitio.

Otra sorpresa del blog: una nota de Global Voices sobre el blog day (fue el 31 de agosto, prometo que el año que viene me adhiero) habla de SL≠SD como "the law geek blog Saber leyes no es saber derecho (ES)" y traduce el título como ”To know the legal code is not to know law”.

Es difícil traducir el título, esa opción por el momento me gusta, aunque no tiene el punch de la frase de Alberdi. En cualquier caso, gracias a Claudio Ruiz, de Quemar las Naves (Blog chileno de Derecho, Internet, y Nuevas Tecnologías) que fue el que nos nominó en su lista.

En cuanto a la caracterización, bueno, al menos me queda el consuelo de que según la gente de Microsiervos "no todo geek es un nerd". Voy a tener que postear mi historial deportivo como marcador de punta y como ciclista de ruta para desbaratar la calumnia.

¿Qué clase de law geek es usted?

Pero de todos modos asumo que esta página puede tener algún lector de esa especie. Es más, difícilmente podría asumirse como tal si no conoce SL≠SD, que es un fenómeno muy below the radar.

Entonces, para los law geeks que nos siguen, y que sepan algo (todo LG debe saberlo) sobre canons of statury construction (métodos de interpretación de las leyes), les recomiendo que tomen el test que postea quizzilla en este link (aclaro que no son preguntas exactamente jurídicas) y que fue hecho por este bloguero anónimo.

No está mal la premisa: la personalidad de uno puede atisbarse a partir de la forma en que supone que se deben interpretar las leyes, porque ahí hay un síntoma de cómo uno se predispone a decodificar el mundo.

A mí me dio "Inclusio unius est exclusio alterius" (la inclusión de algo supone la tácita exclusión de lo otro), un resultado que comparto con el 17 % de los que lo hicieron. Esto significaría que yo creo que el legislador ha dado su redacción de modo deliberado y que cada cosa enunciada supone la negación de todas las demás.

El tema es que me hace psicología social a partir de eso: me dice que yo presumo muchas cosas no tanto a partir de lo que alguien dice, sino de lo que no dice (creo que es verdad).

Dice que tengo mucha fe en la capacidad de los demás para saber y comunicar de modo exacto y preciso qué es lo que ellos quieren, y que de ello saco conclusiones puntuales. Y que, probablemente, tenga demasiada fe al respecto. Puede ser.

Ojo, si veo un cartel que dice que no se puede entrar a un lugar con perros: no voy a ir con un oso o con Pumba el jabalí diciendo que no está expresamente contemplado en la prohibición.

A Eugene Volokh, el LG por excelencia, le dio Noscitur a socii ("conocer por los compañeros"). Los que toman esa postura, dicen que las palabras ambiguas deben interpretarse a la luz del entorno semántico dado la frase o la sistemática de la ley. Algo así como el 218 inc. 3 del Código de Comercio "Las cláusulas equívocas o ambiguas deben interpretarse por medio de los términos claros y precisos empleados en otra parte del mismo escrito, cuidando de darles, no tanto el significado que en general les pudiera convenir, cuanto el que corresponda por el contexto". Son personas muy dadas, sociables, que les gusta mirar mucho el contexto, pero a veces dependen demasiado de el y -conjeturo- tienen problemas cuando ese trasfondo no existe o les envía señales confusas.

Otras posibilidades, parece, son que te dé "The Golden Rule" (también conocida como "la regla inglesa"). Se trata de los que propugnan con entusiasmo la interpretación "saneadora", presumiendi que todo tiene que tener un sentido, y entonces buscan adscribírselo para salvar leyes que puedan ser algo impresentables o contradictorias; son tipos optimistas y un poco impredecibles.

O que te de "plain meaning", que es lo que ocurre con los "textualistas" que quieren entender las normas por su significado liso y llano, sin demasiadas vueltas, y se jactan de aplicar las leyes sin contaminarlas con su subjetividad, pero que de cuando en cuando encuentran algún tecnicismo para interpretar las leyes tal como les place.

O que te de "rule of lenity" -"in dubio pro reo" interpretativo- el beneficio de la interpretación más benevolente, que es el que confieren todos aquellos que están dispuestos a asignarle a cada norma el sentido que más favorezca al otro, entendiendo que juzgar es una tarea áspera, difícil, y que por eso debe hacerse con criterios comprensivos/condescendientes.

O que te de "Interpretation in Avoidance of Constitutional Questions", que es una doctrina norteamericana que va en el espíritu del judicial self restraint -acá existe una parecida, sin rótulo propio- conforme a la cual ante la duda de si existe una ley con problemas de constitucionalidad y otra que es constitucional, debe suponerse que el Congreso quiso sancionar lo "válido" (Petracchi la aplicó en su momento para validar la Ley de Punto Final, diciendo que en realidad era una amnistía). Estas serían personas acomodaticias, conciliadoras, de espíritu evasivo. Y ojo, que esto es bravo: "Some criticize you for implicitly making constitutional law, but without stating your reasons. You like to stay away from difficult decisions. You're kind of a weasley little bastard".

Creo que eso agota el repertorio del test. Si quieren, pongan en los comments cómo les dio.

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P.D. No me gusta hacer esta clase de referencias algo crípticas. No prometo nada, pero si tengo tiempo, voy a traducir el test a nuestro idioma, para ponerlo al alcance de todos.

P.D. 2. Mientras todo esto ocurre en la torre de marfil, en "La Nación" dice Morales Solá que "En la Corte aumenta el enojo con Kirchner" (por no cubrir las vacantes) y Adrián Ventura advierte con tino que hay que "Juzgar delitos, no una política":"el juez, si pretende mantener la causa dentro de los carriles apropiados, para indagar y procesar a Martínez de Hoz, deberá reunir pruebas que lo vinculen con el delito, antes que lincharlo por sus desaciertos económicos". Igual, creo que el caso MdH no debe estar yendo para ese lado.

UPDATE: Si quiere tener un marco teórico más sólido sobre los canons americanos, lean la nota de Manuel Rodríguez Puerto que van a encontrar en este link del Boletín Mexicano de Derecho Comparado de la UNAM.