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Algo sobre teorías y prácticas del derecho

lunes, enero 15, 2007

Miguitas de Massa (2) - "Que sea la última vez"

Post un poco fast para probar e inaugurar el Blogger new version. Esperemos que no haya problemas, y también veremos si en el curso de la semana podemos recategorizar lo viejo e incluir las tags al costado.

En una nota titulada "algo falla en el fallo de la Corte", dice Aldo Abram en LN, y es un argumento que ya oímos y que seguro seguiremos oyendo:

Al no declarar expresamente la inconstitucionalidad de la "pesificación" (lo cual pudo haberse hecho con las mismas restricciones y costos que el fallo dado a conocer), la Corte ha dado la señal a los políticos de que este "piedra libre" está permitido. Un ahorrista bancario hoy no podría estar seguro de que, ante alguna crisis, no vuelvan a confiscarle sus depósitos.


Mis reflexiones:

1. Cada vez más, la jurisdicción constitucional tiene horror vacui. Cada vez es más raro que un tribunal invalide de plano una ley. Hay razones de prudencia política, pero también técnicas, porque los jueces tienen miedo de la inseguridad jurídica que podría generar el "vacío legal". (Por ejemplo, la declaración de inconstitucionalidad de la emergencia también podría tener repercusiones sobre la forma de arreglo de deudas entre particulares).

2. Los jueces suponen que se puede tener más control del output pretoriano con una decisión modulatoria, en la que "retocan" el material normativo para adecuarlo a la pautación constitucional (en el caso, la Corte llevó el interés del 2% al 4%, para mantener la intangibildiad del capital depositado).

3. No es un buen argumento el de Abraham. Los costos de una decisión no son sólo los jurídicos (que al cabo, como en este caso, los habrá de asumir el gobierno que viene luego) sino sobre todo los políticos. Así que lo que diga la Corte o deje de decir es irrelevante en términos prácticos, de cara a una eventual "prevención especial positiva". Hubo un gobierno que generó el corralito, y cayó por eso. Hubo otro efímero, que no generó confianza en resolver el problema, y cayó por eso. Hubo otro que dispuso, al final, la pesificación, y tampoco pudo culminar su período debiendo llamar a elecciones anticipadas. Es cierto que en los tres casos hay concausas políticas, pero la lección es clara: si un gobernante dispone una medida tan restrictiva, la sociedad civil se lo lleva puesto. Una decisión tal sólo queda librada al azar de quien quiera cometer un suicidio político.

4. Seguro, seguro, no puede estar nadie de nada. Pero una de las lecciones que tomaría un gobernante maquiavélico, a la luz de lo sucedido 2001-2002, es que ante una crisis, debe hacer todo lo posible por evitar "soluciones" confiscatorias, porque está en juego su pellejo. Lo cual no había pasado antes en la historia argentina, desde el Plan 9 de Julio hasta el Plan Bonex 89.

3 comentarios:

  1. Gustavo, conocí tu blog por el comentario en el bloc. Sólo había visto intentos de utilizar blogs para difundir material sobre Derecho.

    Está muy interesante esta iniciativa.

    Utilizás algo de este material para cátedras o algo así? (si ya lo aclaraste en el blog, solamente poneme link y listo, no lo he leído todo aún)

    Saludos.

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  2. En estas largas travesías que se hacen en la web, no sé si por naufragio o parada de crucero caí en este blog, y me ha parecido interesantísimo, es ameno y hasta jocoso, con creatividad e ingenio de sus participante y hace las profundas, oscuras y a veces insoportables aguas de los mares jurídicos, amenos para navegar.

    ME ENCANTÓ;
    Saludos desde la cintura de América, corazón del universo y ombligo del mundo;
    Abogada en rebeldía

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  3. Gracias amigos.

    El staff de Saber Derecho se encuentra ahora en el punto más inhospito de su travesía fisica de redención, temporalmente alejado de redes más o menos funcionales, así que esta semana se prevé con posteo bajo.

    (Los materiales que usamos para la cátedra solo provienen en una dosis muy marginal de este blog, donde hay mucha más opinion y posts de "divulgación" y de "vanguardia" que lo que es conveniente postular en una clase por motivos pedagógicos).

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