No se trata de una nota de doctrina, sino como dice el autor, de un trabajo pensado como un borrador, una base de trabajo, y un intento de comenzar a resolver los problemas de la Justicia, de cara a la Segunda Conferencia Nacional de Jueces que se va a hacer en Salta esta semana.
Los problemas de la Justicia, dijimos. Bueno, ahí está la primera advertencia que hace Lorenzetti.
Que nos hace acordar a una historia que cuenta Dworkin en su último libro, Justice in robes (2006). Cuenta que habían ido a almorzar el viejo Oliver Wendell Holmes, U.S. Supreme Court Justice, y un todavía joven, pero ya entonces juez, Learned Hand. Termina el lunch y Holmes sube a su carro, presto a volver a sus tareas habituales. A Hand le da un ataque de Andrés Calamaro y lo saluda con una rima pavota, en vez de decirle see you later alligator le dice Goodbye, and do justice, justice ! ("Haga Justicia, Justicia", siendo que los jueces de la Corte reciben ese apelativo, como el famoso "Justicia de Aragón").
Holmes se para en seco, lo encara a Hand, y le dice: Bueno, no. Yo no hago justicia, ese no es mi trabajo; yo aplico la ley ("mi job is to apply the law", en una de las varias versiones que se cuentan de esa anécdota).
Hasta aquí fue la digresión. Ahora veamos lo que dice Lorenzetti, en una versión que remixamos para este blog, y que busca captar sus ecuaciones básicas.
Poder Judicial ≠ Justicia
El ciudadano reclama al Poder Judicial por la disminución de su salario, de su jubilación, por la falta de seguridad, por el deterioro del ambiente, por la violencia doméstica, y por gran cantidad de cuestiones. En esta línea, los otros poderes y los medios de comunicación hablan de la “justicia” y no del “Poder Judicial”.
Esta identificación produce una diferencia enorme entre las expectativas de “justicia” de quienes acuden a reclamar y la satisfacción que proporciona el Poder Judicial o, mejor dicho, que perciben como proporcionada por el Poder Judicial. Esto es lo que lleva a hablar de “falta de justicia”.
Pero, dice Lorenzetti,
El Poder Judicial no tiene por función resolver todos los problemas de la sociedad ni posee la información suficiente para adoptar decisiones que hacen a políticas generales ni le compete hacerlo.
En este sentido es importante señalar que:
a) el Juez no debe sustituir la voluntad del pueblo ni la discrecionalidad de la administración,
b) debe señalar límites y ordenar a los demás poderes que cumplan sus funciones.
Lo cual no es tan fácil, por algo que dice la misma nota: la judicialización de los conflictos da un enorme poder a los jueces, pero genera también un riesgo extraordinario en su administración. Porque las sociedades actuales "son complejas, sofisticadas, con numerosos grupos diferentes y multiculturales, lo que dificulta la autocomposición de los conflictos y la constitución de mayorías parlamentarias sobre temas de alta sensibilidad. Por lo tanto, se trasladan las definiciones al Poder Judicial, sea directamente o indirectamente (legislación que utiliza cláusulas generales que debe interpretar el juez)".
Conflicto ≠ Litigio
En esta línea, subraya que
La cantidad de conflictos es potencialmente ilimitada, por lo cual la oferta homogéne de solución por vía del sistema tradicional de resolución de conflictos a través de la sentencia no logra nunca satisfacerla.
Por lo mismo, desde el punto de vista público debe hacerse más heterogénea la oferta de protección y estimularse instituciones que disminuyan la litigiosidad social y no la exacerben. En otros términos, hay que evitar la sinonimia entre conflicto y litigio, como definición de política pública.
Acceso a la justicia ≠ Proceso judicial
"La cantidad de conflictos es potencialmente ilimitada, por lo cual la oferta homogénea de solución por vía del sistema tradicional de resolución de conflictos a través de la sentencia no logra nunca satisfacerla". La ecuación debe completarse, dice Lorenzetti, con medios alternativos y/o específicos:
El acceso a la justicia no se identifica con un proceso judicial, sino con la solución de un conflicto. Por lo tanto involucra el desarrollo de instituciones que mejoren la posición de los menos aventajados y la introducción de medios alternativos, sin necesidad de llegar a un proceso complejo: casas de justicia, oficinas de violencia doméstica, mediación, oficinas de información, acceso en el caso de citaciones judiciales, entre otros.
Ideas y propuestas
El trabajo es mucho más que nuestra reseña y recorte. A modo de aperitivo y amputada sinopsis, puntuamos tres consignas escogidas de la parte de "objetivos" que propone Lorenzetti.
# 1 - Buscar incentivos adecuados para los abogados y las partes
• La demora en los procesos está muy vinculada a los incentivos que tienen las partes y los abogados para litigar.
Se debería trabajar sobre los siguientes temas: Régimen de imposición de costas; Régimen de honorarios; Principio dispositivo (puede tener límites cuando las partes no instan el proceso, fijándose plazos para cumplimentar actos procesales); Planteos dilatorios: (aplicación de sanciones, limitación de los planteos); Audiencias de gerenciamiento (una vez planteada la demanda y su contestación, el juez puede llamar a las partes para decidir todos los planteos relativos a esos actos y la prueba).Otros ejemplos:
Si aumenta la tasa de interés (ej. activa en lugar de pasiva), para algunos grupos o personas sería menos rentable litigar que pagar; si se mantiene una regla clara sobre distribución de costas, disminuye la litigiosidad en este campo.
# 2 - Es preferible nombrar más jueces antes que grandes dotaciones de personal
• En general, existe consenso para establecer la necesidad de aumentar el número de jueces, a fin de que se resuelvan más casos y más rápidamente.
Sin embargo, la tendencia no es exactamente esa, porque se nombran más empleados que jueces. La relación es creciente y cada juez tiene cada vez más empleados, con lo cual se aumenta el trabajo, pero todo se concentra en quien tiene que decidir, con efectos contradictorios: al comprobarse que hay más empleados, aumenta la demanda social y se incrementa el trabajo porque los empleados llevan más temas al juez; pero las decisiones se postergan, porque quien decide sigue siendo uno solo.
# 3 - Los jueces tienen que dedicarse a juzgar
• Los jueces dedican más tiempo a tareas o decisiones administrativas que a las propiamente jurisdiccionales (según algunos estudios, el 70% del tiempo de los jueces argentinos está ocupado por tareas no jurisdiccionales).
Ello ocurre porque: a) Cada juzgado actúa en forma separada y cada juez controla los aspectos administrativos de su unidad. b) Hay un alto nivel de duplicidad, pues en cada unidad-juzgado hay empleados y funcionarios haciendo cosas similares a las que se hacen en los restantes, sin maximizar los recursos humanos ni económicos, c). La experiencia de los consejos de la magistraturas no ha resuelto el problema, sino que lo ha agravado, porque los jueces deben contestar requerimientos de modo permanente y les ocupa más tiempo.------------
Por ello es importante generar un funcionariado administrativo dependiente del Poder Judicial enfocado exclusivamente en la gestión.
Final: Cuando cuentan esa historia de Holmes y Hand, yo siempre advierto a su vez algo para remarcar sobre la moraleja implícita: no es tan paleopositivista como parece, Holmes no dice apply the acts, the statutes, the rules, dice "the law", y acá sabemos desde siempre que saber leyes no es saber Derecho.
Totalmente de acuerdo con los puntos finales. Y no tanto con las "ecuaciones": dejémonos de joder con "medios alternativos", pongan más juzgados y punto. Los medios alternativos no son más que un second best que le das al justiciable cuando el sistema principal no funciona, la solución no está en poner más baldes sino en tapar las goteras.
ResponderBorrarPlenamente de acuerdo con los preliminares y con #1 y #3.
ResponderBorrarDe alguna manera hay que sacar del colectivo imaginario que el juez es una figura cercana y que va a resolverle los problemitas de cada uno. Hay que apartar el conflicto lo más posible de la judicialización e incentivar que se resuelva solo o por un amigable componedor. ESO es un first best, no ir a pelear años ante un tribunal e involucrando a cantidades crecientes de profesionales.
Como no soy cristiano evangélico, no se citar versículos de la Biblia, pero había una parte donde se decía que uno debía primero tratar de resolver el problema con su hermano. Si eso no era posible, ir con un rabino o persona influyente para que medie. Fracasado este intento, y si era lo suficientemente grave, sólo ahí llevar la cuestión ante el pueblo o juez. De esta historia pobremente relatada por mí surge bien claro que toda solución que procede de un medio adversarial es un second best, y no al revés. Si la cita bíblica sacude alguna susceptibilidad anticlerical, sugiero que se acuda al artículo de Ronald Coase, que lo pone bien bien claro.
#1 es básico: el régimen de honorarios tiene que dejar de castigar a los abogados conciliadores o que resuelven anticipadamente los conflictos. Esto es clave: el abogado no estira el conflicto porque es mala persona; lo hace porque las normas lo penalizan fuertísimamente si no lo hace. Y acá también hay responsabilidad compartida de los jueces, que regulan honorarios más atendiendo a la cantidad de escritos y etapas procesales consumidas que al verdadero valor para los clientes de la solución arribada.
Con #2 no estoy de acuerdo, pero si se atiende a #3, la cosa puede funcionar: hay que cortar con cosas que no tienen razón de ser, como las mesas de entradas, la distribución ineficiente de tareas a cada juzgado cuando eso se podría concentrar en una o pocas unidades funcionales, o la dispersión de criterios de procedimiento por cada juzgado que generan incertidumbre y costos (tiempo perdido, etc.). Esto es más o menos el juzgado feudo del que te hablé antes.
Entonces, reformulo: si Lorenzetti quiere más juzgados, estoy en contra. Si quiere, en cambio, más jueces, estoy a favor, más aun si ellos se van a dedicar sólo a juzgar y no a contar plazos de contestaciones o correr vistas al Fiscal.
Pero insisto en que creo que más valor agregado suponen al Poder Judicial profesionales de apoyo en materias técnicas que más empleados de mesa de entradas o jueces-abogados que saben exactamente lo mismo que los otros (iba a decir que tienen el mismo casete en la cabeza, pero habría sido injusto con mucha gente).
Ulrich por ahí no estamos tan en deacuerdo. Y también pienso que para todo el mundo la conciliación es la primera opción, y que los sistemas judiciales no deben fomentar el litigio boludo.
ResponderBorrarPero si por cualquier razón, que puede ser hasta negativa para él en cuanto a términos de guita, un litigante ha decidido activar el proceso judicial, por una cuestión de principios digamos, lo que tiene que hacer el Estado es darle "acceso a la Justicia", no insistirle con que concilie. Lo que sí creo es que se va a tener que bancar los términos en los que el Estado reglamente ese acceso (Tasa de Justicia, régimen de costas, etc.). Pero de última, es su plata.
Y Gus: Gracias por desactivar el diabólico sistema que te hacía poner letritas.
Estimado Gustavo: saludos desde Guadalajara, México. Soy visitante asiduo de tu blog, que me parece muy interesante siempre.
ResponderBorrarAhora, en la anécdota del Juez Hand, no entendí la referencia a Calamaro. Supongo que "rima pavota" significa "rima tonta". Bueno, aprovecho este detalle insignificante para manifestarte mi aprecio desde acá. Saludos a la comunidad jurídica argentina.
Ciro: Gracias y sí, claro, una rima pavota es una rima tonta. Nos explayamos sobre el tema Calamaro. En su última etapa, AC enfatiza sus vicios y muestra un grosero vaciamiento de sus antiguas virtudes. Escribe canciones donde dice cosas como "Mi corazón en venta / se perdió en la tormenta / dicen que se revienta / qué versión violenta / feliz navidad sangrienta", rimas monosilábicas propias del peor Sabina. Verdaderamente insufrible, antes era un héroe nuestro y ahora lo vemos tan petulante en sus dichos, tan desangelado en su arte, que nos da mucha pena.
ResponderBorrarGustavo: sí, de acuerdo. Pero justo ahora me doy cuenta que está por salir su nuevo disco, La lengua popular. Parece que tu paisano Rodrigo Fresán ha hablado muy bien del disco. Espero que Calamaro se reivindique con este nuevo album. Bueno, me salí un poco del tema jurídico, pero es que este blog siempre da para ir un poco más allá de eso. Saludos de nuevo, y hasta pronto.
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