saberderecho.com

Algo sobre teorías y prácticas del derecho

lunes, octubre 15, 2007

En torno a la idea de un Premio Nobel de Derecho

...

El otro día, en el blog de derecho del Wall Street Journal se preguntaban si tendría que haber un Premio Nobel de Derecho.

Bueno, no lo hay, y punto. Los Nobel genuinos son cinco, los que estaban en el testamento de Alfred Nobel: paz, física, química, medicina, literatura.

Los economistas tienen un Premio al que suele llamarse "el Nobel de Economía", que en realidad es un premio ad hoc que se da con el membrete de la Fundación Nobel, desde 1968. y que en honor a su espónsor se llama "Premio del Banco de Suecia en Ciencias Económicas en memoria de Alfred Nobel".

Esta ampliación ortopédica del númerus clausus del Nobel Prize generó demasiadas controversias como para que se piense en la viabilidad de una movida similar hacia el Derecho.

Y a diferencia de lo que ocurre en matemáticas (Medalla Fields), o en arquitectura (Premio Pritsker), no hay en el gremio un premio que tenga consenso y tradición como "el" reconocimiento universal, en vida, a un jurista.

En Argentina tampoco hay tal cosa, aunque tenemos los Premios Konex (según el Criador, el Martín Fierro de los ñoños) cuya última edición "de Humanidades", de 2006 (se dan todos los años pero las categorías van rotando cada diez) distribuía estos galardones:


Teoría y Filosofía del Derecho
Ernesto Garzón Valdes

Derecho Civil
Atilio Aníbal Alterini

Derecho Comercial y Laboral
Jaime Luis Anaya


Jorge Rodríguez Mancini

Derecho Constitucional
Gregorio Badeni

Derecho Administrativo, Tributario y Penal
David Baigún


Héctor Mairal

Derecho Procesal, Internacional y de la Integración
Augusto Mario Morello



Salta a la vista el problema obvio: agrupación promiscua de disciplinas no-tan-afines, lo que lleva a tentarse y dar más de un premio por categoría. Y sí, como se quejaba el criador, hay exceso o malapportionment de jurídicas dentro de humanidades, ocupando seis de las veinte categorías de su repertorio, lo cual nos parece algo imperialista.


¿Tendría que haber un Premio Nobel de Derecho?

El artículo que glosa el WSJ Blog está escrito por Thomas Ulen (el de Cooter - Ulen, coautores del famoso libro de Law & Economics, que justamente acaba de tener una edición revisada, la 5ta., que tiene su companion blog).

El criterio de Ulen es que sería posible hablar de un "Nobel de Derecho" porque la disciplina ha evolucionado a un estado ya "científico". Lo que Ulen quiere decir que se maneja bastante con hipótesis ciertas, contrastables y cuantificables por métodos "empíricos". Pero, nos parece, los grandes temas centrales del Derecho, los de la iusfilosofía, no son debatibles en esa estructura de validación: piénsese en debates o polémicas tipo Hart - Devlin, Dworkin - Bork, Carrió - Soler, Breyer - Scalia (*). Y una instancia tan ambiciosamente "canónica" no puede permitirse que estos asuntos queden fuera de su espectro.


Abogados Premios Nobel

A todo esto, en verdad hay muchos abogados que ganaron algún Premio Nobel. No el último: Al Gore (**) estudió derecho, pero no se recibió. S.e.u.o., según mi inventario, sí lo hicieron estos 20 laureados:


Nuestros preferidos de esta lista son Elihu Root y René Cassin.

Todos estos son Nobel de la Paz, y las motivaciones del premio no tienen que ver con nada científico o intelectual. Se trata de abogados que hicieron méritos "diplomáticos" (caso Saavedra Lamas) o que fueron activistas de "causas nobles" (caso Mandela).

Asumiendo que no podía haberlos ni en física, ni en química, ni en medicina, quise ver si podía encontrar abogados en la lista de Premios Nobel de Literatura. No son infrecuentes los casos de abogados que tienen cierto reconocimiento entre la literatura "seria" (como Héctor Tizón, juez del STJ de Jujuy, como el caso del "centenario" Juan Filloy, otro que era juez) , o que lo intentan (Gus Bossert, Dani Herrendorf), y algunos que se divierten explotando o explorando el género de la ficción legal (John Grisham, Mariano Silvestroni entre nosotros).

Veo que entre los Nobel de Literatura hubo varios estudiantes de derecho que mutaron en escritores, pero no se recibieron: casos notorios los de Octavio Paz y Gabriel García Márquez. Uno imagina que lo hicieron sin demasiado entusiasmo (a propósito, otro que fue esporádico estudiante de abogacía fue Vargas Llosa, y nos ha legado un personaje memorable: Henry Chirinos, "el constitucionalista beodo" de "La Fiesta del Chivo").

En fin, luego de revisar la lista, yo encuentro a uno solo: Theodor Mommsen, catedrático de derecho romano, y autor de una "Historia de Roma" que le valió el PNL de 1902, en base a un criterio que, a más de un siglo de distancia, no se termina de entender. O sí, si se considera y se confirma lo que es bueno sospechar: que en toda historia, ya sea oficial o alternativa, hay algo de literatura.

....

(*) Prometemos desarrollar una serie de posts, de divulgación, sobre "polémicas", por entregas, desarrollando esas que nombramos y otras que se nos ocurran.

(**) La peli "La verdad incómoda" es un must no sólo para ecologistas, sino para todos los que hacen docencia, por la manera en que va combinando amenamente divulgación de datos complejos, persuasión y mensajería motivacional.


Links

- Should there be a Nobel prize in law?, del WSJ blog

- A Nobel Prize In Legal Science: Theory, Empirical Work, and the Scientific Method in the Study of Law, link a SSRN para ver el abstract y descargar el paper de Thomas Ulen

14 comentarios:

  1. El Derecho es una creación del hombre y tiene como destinatario al hombre. El jurista organiza, estudia, proyecta, ordena y recomienda modos de acción (y, a priori, modos de análisis) sobre un horizonte plenamente normativo (léase también jurisprudencia para el caso de los anglosajones) de creación humana. La búsqueda de asimilar una ciencia que tiene estas bases, con -por ejemplo- la medicina o la física, es una tarea no sólo inútil, sino poco sincera.

    Concido por lo tanto, con GA respecto de que no es el método científico estricto el camino correcto para el jurista. Al menos los métodos que incorporan muchas de las ciencias duras. Sería uno más de esos intentos de las disciplinas que buscan hacerse acreedores del prestigio y aprobación social que el rótulo "ciencia" implica.

    Como sea, si ha de existir un Nobel para el Derecho, espero que sea en el ámbito de la teoría general y de la filosofía. Como contra, A. Nobel ni mencionó al Derecho, lo cual ya hace prácticamente imposible su inclusión. Bastante debate existe con el premio de economía que los más puristas parecen rechazarlo abiertamente.

    Como curiosidad, agrego los criterios de su testamento:

    ...la persona que haya hecho el descubrimiento o el invento más importante dentro del campo de la Física...

    ...la persona que haya realizado el descubrimiento o mejora más importante dentro de la Química...

    ...la persona que haya hecho el descubrimiento más importante dentro del campo de la Fisiología y la Medicina...

    ...la persona que haya producido la obra más sobresaliente de tendencia idealista dentro del campo de la Literatura...

    ...la persona que haya trabajado más o mejor en favor de la fraternidad entre las naciones, la abolición o reducción de los ejércitos existentes y la celebración y promoción de procesos de paz...

    Frente a las ciencias duras, un pragmatismo absoluto y frente a los restantes, un idealismo (y cargo de consciencia) importante.

    Me causa algo de gracia imaginar cómo hubiese sido su sexto criterio respecto de un imaginario premio al Derecho: ..."a la persona que..(?¿)"

    Salud

    TM

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  2. agregá franco modigliani (truchonobel de economia)
    doctor juris de la universidad de roma
    antes que los fascistas lo exilaran al new school, paso previo a mit

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  3. Y si hubiera que entregar un nobel de derecho? a quien se lo entregarían? Valen las apuestas a personajes vivos o muertos.
    Mi apuesta es la siguiente: Ronald Dworkin, John Rawls, Hans Kelsen, Carlos Nino.

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  4. cansarnoso:

    No me fijé en los "Nobel de economía", pero claro, es lógico que haya alguno abogado. Un prócer de la economía argentina, el "Olivera bueno" (Julio H G Olivera), lo es.

    heber:

    la idea original era combinar este post con una nueva encuesta sobre a quién le darías el "Nobel de Derecho". Estaba restringida, como ocurre con el de Estocolmo, a autorres "vivos".

    Citándola ahora de memoria, estaban "nominados" ahí: Eugenio Bulygin, Peter Haberle, Robert Alexy, Jurgen Habermas, Ronald Dworkin, Owen Fiss, Mauro Cappeletti, Luigi Ferrajoli, Catharine MacKinnon, Gregorio Peces Barba, Neil MacCormick, y me debo estar olvidando alguno.

    Y me di cuenta que -aparte de ser muy exigente, de dar demasiadas opciones- era un poco absurdo: ¿con qué criterio uno podría decir que Bulygin es más que MacKinnon, o Robert Alexy más que Cappeletti? Están jugando partidos muy distintos. No digo que no se pueda escoger, digo que sería tan subjetivo como el Nobel de Literatura(*), aunque el jurado ese no carga con la exigencia de "cientificidad" que pretende Ulen.

    Hasta a un intocable como Dworkin se le podrían hacer muchas críticas fundadas, como ha hecho Enrique P. Haba, que lo acusa de trivial y barriletero (lo de barriletero es mío, no de EPH).

    MT:

    (*) Me llama la atención sobre el Nobel de Literatura, eso de querer darlo a quien "haya producido la obra más sobresaliente de tendencia idealista". Raro, no sé que sería "tendencia idealista", pero no le pidamos mucha sofisticación a un tipo que inventó la dinamita.

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  5. Estaban también Cançado Trindade y John Grisham (este último por su contribución a la humanización de la figura del abogado).

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  6. Yendo para la madre patria, ¿Manuel Atienza y Ruiz Manero serían candidatos?

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  7. agregálo al flamante laureado hurwicz, licenciado en ciencias jurídicas de varsovia

    de estos dos, y tal vez algún otro que da fiaca buscar, ¿llegaron a ser habitués de alguna barra que no fuera la cantina de la facultad?

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  8. El primer comentario de TM plantea un punto con el que coincido pero también otro que rechazo.

    La pretensión de cientificidad del derecho, como lo hemos visto en nuestras universidades dogmatistas, es una risa. Un tipo sentado en un sillón, pensando en qué es lo justo y qué lo injusto, escribiendo tomos con anecdotarios y propuestas normativas, es algo ya pasadito y muy Francia fin-de-siecle. La ciencia es, ante todo, humildad. Saber que nuestras creencias no son ni siquiera un principio de un conocimiento fundado, y a partir de allí un lento y trabajoso camino.

    Lo que no puedo aceptar es que la ciencia sea algo "no para el hombre", o como si fuera una crónica de hechos corroborados, anotados en libretas y pasados a una "inhumana" hoja de cálculos. Es un prejuicio matematicista de lo que la ciencia sería.

    La idea de Ulen ha sido un poco tergiversada. Dice que existe un enfoque metodológico del derecho que permite aplicar un método riguroso de tratamiento de los datos, de comprobación de hipótesis y de llegar a explicaciones más precisas de los hechos estudiados. Ese método es aplicable a un sector del derecho, y desde law & economics. Por debajo de toda esta práctica siempre subyace una convicción filosófica (no corroborada) que sostiene todo. Ulen es consciente de ello, y pensar que se le "escapan" Dworkin o Rawls es un poco apresurado.

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  9. Ulrich, en ningún momento dije (y si lo dije, no fue intencional) que la ciencia sea algo "no para el hombre". Todo lo contrario: la ciencia vive por y para el hombre.

    Lo que planteo es que el objeto de estudio de la física, de la astronomía, de la biología, de la medicina y un largo etcétera, es algo que no es creado por y para el hombre. El cometa, el simio, el cáncer y la gravedad son datos de la realidad que se intentan explicar y predecir por un cúmulo de reglas falseables.

    Pero en el Derecho es distinto. El objeto de estudio de una eventual ciencia del derecho es una realidad que el propio hombre ha generado y moldeado (con un fin puramente práctico y político). Ni siquiera los sociólogos, los politólogos o historiadores tienen tanto poder en su objeto de estudio como el jurista lo tiene. De lo que diga un jurista puede devenir un cambio normativo, un nuevo artículo de la constitución, una nueva política criminal, etc. El analiza un objeto de estudio que, en cierta manera, ayudo a crear o del que eventualmente tendrá un poder -directo o indirecto- de modificación.

    Creo que eso es una diferencia tan radical con otras disciplinas que hace que, a priori, haya que evitar tomar caminos metodológicos tan rigurosos como el que se usaría para, por ejemplo, observar un cometa y calcular si se nos viene el Armageddon.

    Igualmente no se si esto ya es offtopic. En tal caso, me disculpo.

    TM

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  10. TM, no creo que Gustavo se enoje por algo levemente off topic.

    Ahora entiendo mejor lo que decís, y coincido cautelosamente. Aclaro un poco más lo que quise decir antes. El problema del derecho como ciencia es doble:

    1. Si lo que se llama ciencia del derecho es ciencia, o no.

    2. Si el derecho, o su objeto, puede llegar a ser objeto de un método científico.

    El problema (1) es sencillo de resolver: la dogmática jurídica no es ciencia, y ni siquiera se le parece. Es un sistema más o menos riguroso (según quien la practique) que emplea reglas de lógica común y echa mano sin mucho método a datos de otras disciplinas y/o ciencias. Aclaro que con esto no quiero desmerecer esos trabajos. El Código Civil francés no fue producto de regresiones estadísticas ni de extensos antecedentes de encuestas. Pero fue un hito para la cultura jurídica universal. Lo que no se puede afirmar es que haya sido un producto científico. Eso lo podemos ver aquí en Argentina.

    Los juristas argentinos tienen una cultura muy opuesta a la de las ciencias sociales. Casi no hay peer review. ¿O acaso alguien conoce los criterios y a los revisores de los artículos que se publican en la mayoría de las principales revistas argentinas?

    Muchos ni siquiera discuten entre ellos. Recuerdo con bochorno algunas conferencias de Mosset Iturraspe burlándose de Alterini durante la gresca por el Proyecto del Código C. y C. 1998. Y si vamos más atrás en el tiempo, recordemos que Borda se subió al Ministerio del Interior sólo para hacer SU código. El panel de juristas que participó fue vergonzoso: ningún par de el, y Llambías, Spota et al fuera y bien lejitos.

    Ahora, sobre 2, es otro cantar. Hay posibilidad de que apliquemos herramientas de las ciencias sociales en Derecho. Desde luego que no nos van a servir para dirimir si Radbruch, Kelsen, Hart, o Finnis tienen razón o no. La filosofía y la teoría del derecho tienen un espacio que precede a todo análisis empírico. No quiero meterme en eso porque epistemólogo no soy, pero se entiende.

    Si quiero saber si una norma procesal es más efectiva que otra, no creo que ponerme a leer las opiniones de obras de la dogmática lejanas en el tiempo me conduzca necesariamente a un mejor resultado. Quizás sea mejor buscar casos donde dos normas distintas hayan existido, y comparar. Con datos a mano puedo concluir en que una norma esta más correlacionada con un resultado más efectivo que otro, aún si el sentido común me decía antes lo contrario.

    La neutralidad valorativa de un método empírico no es tampoco un free for all. Así como uno no puede mandar un satélite a Júpiter si cree en la astronomía ptolemaica, hay quizás ciertas convicciones que abandonar. Pero eso no nos encierra en un mundo donde las convicciones morales sean irrelevantes, sino todo lo contrario.

    Lo que afirmás acerca del poder del jurista, puede ser cierto, pero no sé hasta que punto eso depende del rol del jurista en sí, o de la influencia que tenga la persona concreta. Más me parece que es porque la enorme mayoría de los políticos son abogados. Pero es una opinión, no estoy seguro.

    La "radical diferencia" de la disciplina jurídica de la que hablás me parece que se debe más a circunstancias que a un rasgo inescindible del derecho. Pero es cierto que su metodología siempre va a ser bastante particular respecto a las ciencias sociales.

    Un abrazo, y gracias GA por el espacio.

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  11. Gente, todo el mundo tiene una aspiración en la blogósfera. Mi modelo es el criador de gorilas, que literlamente explota en nivel y cantidad de comments y offtopics buenísimos.

    Claro que el criador habla de política y de fútbol, tema del que todos creemos saber algo. Pero cuando yo escribo sobre una acordada de la CSN, mucho no estimula el cotilleo.

    En cualquier caso, he pensado en que una manera de estimular el commenteo es no estar hablando yo todo el tiempo, dosificando los posts cada tres días. Así que no sólo no me molesta el debate derivado, sino que está muy bueno.

    ¿Que más puedo decir? Que en algún momento escribiré un post que se titulará algo así como "¿Es el Derecho una ciencia?" y habré de citar a TM, Ulrich, Radbruch, von Kirchsman y Kelsen, en ese orden.

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  12. Anecdota sobre la falta de evaluacion por pares para los trabajos juridicos. En una de las varias comisiones evaluadoras en las que estoy, ocurrio lo siguiente. Estabamos varios chequeando las citas de un "aplicante" sobre sus publicaciones. Veiamos, cada uno a traves de una computadora distinta, en diversos indexes, si la revista que el "aplicante" citaba contaba, en efecto, y de modo realista, con evaluacion por pares /tal como el aspirante decia. En eso se levanta otro de los delegados por derecho (la comision es multidisciplinaria) y dice: "Ah, ya que estan con eso, me quieren decir que significa esto de la evaluacion por pares?" Los otros miembros de la comision nos quedamos petrificados. El personaje, famoso miembro de la vieja guardia juridica, cuyo nombre no puedo decir, agrego luego (cuando ya nos recuperamos y le explicamos de que se trataba): "Ah, pero yo en mi vida mande un trabajo para que lo evaluara otra gente...Yo normalmente se lo mando a Pepita (nombre de mujer) y ella ya me lo publica" Cuento la anecdota porque me escandaliza un poquito, porque creo que la evaluacion por pares, sin ser garantia absoluta, ayuda mucho, y tambien porque confio en la comision de la que hablo, ya que funciona bastante bien aunque recurrentemente el pasado vuelve, grita y nos averguenza un poco.

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  13. ERAN MÁS LOS PREMIADOS, GUSTAVO. AQUÍ REPRODUZCO LA LISTA DE UNA NOTA DE LA GACETA ON LINE (http://www.lagaceta.com.ar/vernotasup.asp?id_suplemento=19&id_nota_suplemento=8397).
    ALLI SE DICE:

    En el Derecho se establecieron seis rubros, algunos de los cuales con más de una rama específica de la actividad. Varios de los escogidos han colaborado en diferentes oportunidades con columnas de opinión en este suplemento Tribunales o en el cuerpo principal de LA GACETA.
En el fuero del Derecho Comercial y Laboral, aparecen los nombres de Mario Ackerman, Héctor Alegría, Jaime Luis Anaya, Julio César Otaegui y Jorge Rodríguez Mancini.
Por Teoría y Filosofía del Derecho, los postulados son Eduardo Barbarosch, Ernesto Garzón Valdés, Ricardo Víctor Guarinoni, Pablo Navarro y Jorge Luis Rodríguez.
Atilio Alterini, Jorge Mosset Iturraspe, Julio César Rivera, Félix Trigo Represas y Eduardo Zannoni integran el grupo de expertos en Derecho Civil.
En Derecho Constitucional, se resalta a Gregorio Badeni, Carlos María Bidegain, María Angélica Gelli, Ricardo Haro y Néstor Pedro Sagüés.
El amplio rubro del Derecho Administrativo, Tributario y Penal es ocupado por Eduardo Aguirre Obarrio, David Baigún, Roberto Enrique Luqui, Héctor Mairal y Héctor Belisario Villegas. Otra área que representa un gran abanico fue la que abarcó Derecho Procesal, Internacional y de la Integración, donde son mencionados Miguel Ángel Ciuro Caldani, Hortensia Gutiérrez Posse, Julio Maier, Augusto Mario Morello y Jorge Peyrano.

    •••••••••••••••

    SALUDOS, AB

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  14. Hola:
    de repente un poco fuera de tiempo, pero me pareció interesante,
    no sé si se podrá un nobel en Derecho o un premio así que reconozca una idea genial, que haya permitido el avance en una rama del Derecho, o que haya significado una contribución del Derecho en la sociedad, pero ideas de juristas que han aportado en la comprensión del ordenamiento jurídico o han significado en nuestra forma de organizar mejor el sistema jurídico si ha habido.
    Por ejemplo, la idea del Tribunal Constitucional creada por Kelsen es genial, y luego de muchos años se puede ver el impacto de esta idea en los Estados y la sociedad. Creo que pocos dudarían, más allá de las imperfecciones o mejorar que se le pueden hacer a esta institución, de su relevancia para la sociedad actual. Otra idea es la Piramide Kelseniana y las fuentes jurídicas. También nos da una idea del orden que existe entre las normas jurídicas.
    También considero que ha sido un gran aporte al sistema jurídico el libro escrito por Alchourron y Buligyn sobre lógica jurídica. El libro me parece extraordinario y sirve para organizar mejor las normas vigentes en nuestro ordenamiento y proporciona una metodología de análisis.
    El avance no tiene porque ser incontrovertible o totalmente perfecto, pero buenas ideas han habido.
    Otras ideas geniales anglosajones me parece Wigmore (Twinning también, aunque su aporte en simplificar el análisis de los hechos realizado por Wigmore). Me parece que el derecho tiene que avanzar hacia una metodología que permita racionalizar y objetivizar el análisis de los hechos. Otro me parece Hart, quien con su idea de las normas primarias y secundarias nos ha permitido una mejor comprensión de las normas en el Derecho.
    Hay muchos más. Y creo que el estudio del Derecho debería volverse más científico. Eso no significa que los Jueces sólo tienen que aplicar la lógica o criterios estrictamente racionales para resolver un caso. Al igual que el Pdte. del Banco Central o el Ministro de Economía, es necesario saber sobre su profesión, pero no suficiente para desempeñar una buena función pública.
    saludos, y disculpa por la extensión,
    César

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