Como probablemente sepan, el juez federal Claudio Bonadío dictó la orden de prohibir la realización de operaciones de las AFJPs por una semana. Fue por un pedido del fiscal Guillermo Marijuan, ante la suposición de que las empresas empezaron a liquidar títulos públicos al saber la noticia del proyecto que volverá todas las jubilaciones al Estado y de que ello podría implicar el delito de fraude a la Administración Pública (art. 174 C.P.). (sobre esto, link infobae)
No me interesa tanto, por ahora, esta cuestión. Sí me interesa señalar el cambio de eje de la intervención de la justicia penal, pensada durante siglos para investigar hechos consumados, cosas que ocurrieron en el pasado, y que ahora es interpelada, casi todo el tiempo, en hechos que están sucediendo, o que van a suceder.
Esto ocurre con los temas más diversos, desde las tomas de rehenes hasta los casos de delitos ambientales y los cortes de ruta, pasando por las autorizaciones de aborto que se tramitan ante los jueces penales para tener un certificado judicial de no punibilidad previo a la intervención.
Los jueces están librados en estos temas a su suerte, a lo que sea su leal saber y entender, porque el sistema no está preparado para estas intervenciones prospectivas de la justicia penal, ni en la legislación ni en la logística, y porque la doctrina y la formación académica tampoco ayudan demasiado.
Este es un tema que hay que pensar, y urgente.
de la portación de cara a
ResponderBorrarllevar guantes blancos
aunque marijuan
tambien habla de administracion fraudulenta por liquidación de tenencias
y por eso pide allanamientos
Gustavo, no gastemos pólvora en chimangos. Que de pólvora el juez pistolero éste sabe. Esto fue el más vulgar apriete, parte de una maniobra de pinzas.
ResponderBorrarLo increíble es que el daño que estos dos alcahuetes dicen querer evitar se consumó por la propia medida: al matar la plaza, destruiste los precios. Habría sido más racional dejar que siga la venta (si es que la hubo, yo a estos tipos no les creo el presupuesto, ni los índices, y ahora tampoco la hora) y no dinamitar el mercado y dejar que vuelvan cuando ya se disipó hasta el humo.
Y dejan una gran enseñanza: no se te ocurra invertir en el país, más vale comprá dólares y fugalos lejos, bien lejos. Porque acá, te hago una maniobra de pinzas y te reviento cuando se me cante. Y no hablo de las AFJPs, sino de los aportantes y de los no aportantes pero que operaban en este mercadito.
Estimados,
ResponderBorrarCuidado que el daño a evitar no sólo debe enfocarse en el precio de las posiciones de los títulos estatales, también debe observarse en el menor valor de las cuotapartes que ello trae aparejado.
También debe repararse que esto podría implicar algún tipo de fondeo para comenzar a saldar anticipadamente todos los prestamos intragrupo que se pudieren haberse efectuado (remesas de fondos- no olvidar que el negocio está en la obtención de los aportes por parte de los afiliados, luego la venta de seguros de retiro, rentas vitalicias, ART, seguros de vida, tarjeas de crédito, prepagas y siempre vinculadas con una entidad financiera de cabecera, de modo que los afiliados recuperen parte de los fondos bien a cuentagotas).
Luego, el sistema contempla -concediendo el porcentaje de inversión cuasi compulsiva en títulos públicos- que la jubilación sea pagada solapadamente en mayor parte por el Estado, pero las comisiones sean enormes (como los salarios de los promotores y los márgenes de ganancias).
Bien por la medida cautelar dictada en sede penal.
Bien por la decisisón estatista (si igualmente todos íbamos a cobrar nuestra jubilación fundamentalmente por aporte o subsidio estatal). Mal si es para caja (el Congreso decidirá si convalida eso).
Ojo que la expropiación no puede importar que los ahorristas perserven algún derecho sobre los fondos depositados en las AFJP's, pues de lo contrario -a igualdad de haber jubilatorio- quienes siempre aportaron al estado se verían perjudicados.
Saludos,
Esteban