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Algo sobre teorías y prácticas del derecho

martes, febrero 10, 2009

Los juicios orales son orales, no leídos

He leído una muy buena nota de Télam sobre el juicio a Menem. De ahí saco esta anécdota.

La defensa de Rusconi efectuó una larga exposición este mediodía acerca de los motivos que lo llevan a reclaman la "nulidad" del requerimiento de elevación a juicio formulado por el entonces fiscal (y actual ministro de seguridad bonaerense) Carlos Stornelli.

Con abundantes citas de la historia política de Panamá el letrado fue advertido por el presidente del TOPE3, Horacio Artabe, para que no leyese, en mérito a la "oralidad que rige el proceso", algo que fue aceptado de mala gana por Rusconi.

"No voy a reponer (pedir que la totalidad del Tribunal revea la medida) pero dejo en claro que el Tribunal viola los principios de igualdad", dijo el letrado quien ironizó que "bastante se viene leyendo desde que comenzó el juicio".


No se sé si los otros leían, pero Artabe tiene razón. Basta de discursos leídos en los juicios, si no estamos haciendo la verbalización de lo escrito, y no un juicio oral. Uno no dice que no pueden tener papeles, un machete, un esquema, una escaleta, glosar una declaración, pero leer mamotretos de más de treinta páginas debería estar prohibido.


Lnks

- A propósito del caso Menem, en el blog de Gargarella se armó una interesante discusión (63 comentarios) sobre este post. Decía Rg que "cuando por vez quichicienta sus abogados ... pidieron postergación de la indagatoria para la que CSM estaba convocado (...) las cosas me quedaron mucho más claras"

Cuando me hablan de que están tratando de asegurar el respeto de todas las garantías del proceso, lo que me están diciendo es que están haciendo todo lo posible para que el proceso no se desarrolle en absoluto. A eso es que los abogados llaman asegurar las garantías: impedir todo tipo de investigación. A eso llamaremos, también, ser un buen abogado: Cuando el cliente está en problemas, de lo que se trata es de poner palos en la rueda -hacer absolutamente cualquer cosa- para impedir que el proceso contra él avance. Embarrar la cancha, ensuciar el expediente, inventar argucias. A eso le llaman custodiar las garantías. Eso es trabajar para que todos tengan un proceso justo. Lo único que pido es que no me mientan más.

La discusión sigue en los comments (más de 60) y es hiper interesante, visítese y archívese.

- Una linda nota de Rusconi ("La eficiencia no implica recortar garantías"), citada con desilusión por rg en otro post hiperdiscutido previo al de antes. A Gargarella no le gusta que Menem sea defendido por Rusconi, o, mejor dicho, que Rusconi haya aceptado defender a Menem.


  • Agenda: Zaffaroni en la tele. (UPDATE) - Si este blog fuera más prolijo la Agenda tendría que estar en una sección específica. Bueno, el jueves (12 feb) a las 21 horas este (20 oeste) empieza un programa de Rosario Lufrano en Canal 7 (¿se llama así todavía el ex ATC?) y el primer episodio es un reportaje de una hora a Raúl Zaffaroni, que pinta muy interesante.

11 comentarios:

  1. Amigo, desde mi absoluta ignorancia del debido proceso, pero como televidente del La Ley y El Orden, tengo entendido que en USA, país que se podría decir es paradigma de los juicios orales, ante la profusión de nulidades, chicanas y otras yerbas que la defensa quiera presentar, el tribunal tiene la potestad de declarar al abogado en desacato, haciéndolo dormir un par de noches en gayola para que medite antes de seguir poniendo palos en la rueda. Obviamente, tampoco creo que sea así en todos los casos, pero sería un buen recurso para limitar tantas dilaciones.
    Otra cosa que se podría hacer es que el tribunal trabaje conjuntamente con la AFIP, para que cuando se fije una fianza sustancial -que aquí los tribunales son reacios a fijar- un equipo de inspectores adhoc puedan investigar de dónde salieron los fondos o propiedades que se presentan como caución.
    En los casos de afanancitis de dineros públicos el acusado podría elegir entre perder los bienes en caución o pasar una pequeña o larga temporada entre rejas, como para que no sólo los delincuentes berretas vayan en cana, como habitualmente ocurre.
    Demasiada perorata para un lego como yo. Disculpas.

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  2. para mi aquel debate fue extraordinario, en el sentido literal del termino, pero tambien descorazonador. ver a una cantidad de buenos colegas disientiendo, en muchos casos, enojadamente, sobre algo que parecia obvio: hay algo que se llama etica profesional, que dice algo sobre hasta donde podemos llegar con nuestros argumentos (y chicanas), y sobre a quien defender y a quien no. querer agotar toda la discusion en la tonteria de "todos necesitan un abogado" es una excusa que no tenemos por que tragarnos (sobre todo, como deciamos por ahi, cuando todos VAN a acceder a un abogado, y cuando gente como CSM va a acceder a un Excelente abogado, sin que tengamos que salir corriendo nosotros a ocupar ese lugar. Luego, si queremos insistir y defenderlo, alla el quien lo haga, pero obvio, no revistamos esto con un discurso heroico en favor de las garantias. No se, no se, me quede sediento (y reseco) con ese debate inacabado. Una de las sesiones de mi seminario, de este anio, la dedicaremos al tema
    saluteee

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  3. me gustó la anecdota gustavo,

    y sí, aquella discusión en el blog de RG fue extraordinaria, no solo en el sentido literal, sino el sentido "popular" del término. Buenos colegas dando argumentos, debatiendo sobre la ética profesional.

    R, si hacé cesión en el seminario y estoy x BA, me encantaría ir, avisá.

    saludos a todos

    martín

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  4. Es cierto, esa discución en Seminario de teoría.... fue muy interesante. Bien podría retomarse, para seguir pegándole a MR, o para seguir defendiéndolo.

    Coincido con el llamado de atención que le hizo el Tribunal a Rusconi. Me extraña de él, que sabe bien el significado de la oralidad en el proceso penal. En fin....

    Saludos.

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  5. Jauretche, el desacato creo que técnicamente existe, aunque se usa poco. Recuerdo una anécdota que me contaron de los tribunales civiles de La Plata. Un abogado le había dicho no se que cosa terrible al juez y lo condenaron por desacato a una hora de arresto. Lo gracioso era que en esos tribunales no había calabozo así que lo llevaron con un policía al lado a la cocina y lo hicieron quedar una hora en penintencia sentado en una silla. Cuando venía alguien, por ejemplo, a sacar agua para el mate, preguntaba al mozo, "que hace ese tipo acá", "está arrestado" decía el policía.

    Roberto, Martín. Yo no intervine en esa discusión, que propondría que siguiéramos en su fuente original.

    Pero algo debo decir al respecto.

    Son dos temas distintos. En cuanto a que no te guste que Garrido sea defensor de Menem, mil por ciento de acuerdo, nadie está diciendo que no merece defensor, no querés que el tuyo sea el criterio universal, lo que decís es irrefutable.

    En el otro tema, fijar posición equivale a qué cosa se considera "chicana" y qué cosa "planteo técnico de una garantía". Más vale que no lo podemos decidir por el resultado axiológico de corto plazo, porque muchas garantías equivalen a aceptar un plausible escenario consecuencial de "culpable libre". Tampoco por la "aceptabilidad" de la cosa, porque planteos tipo "llerena" percían "inaceptables" hasta alguien que dijo que sí y se aceptaron desde entonces. No sé que otro criterio usar, lo que me obligaría a decir que muy pocas cosas pueden ser definidas como "chicana" prototípica hablando en abstracto.

    Ahora, si nos atenemos al hecho motivador presunto y más que presunto a la sazón, o sea, hacerse el enfermo, yo como juez me superfijaría si eso es cierto o no y si no lo es les hago un quilombo bárbaro aunque me lleve medio código procesal puesto, eso es una turrada, actuando así no sos el guardián ni el benefactor de ninguna garantía, estás haciendo un papelón y debieras ser retirado de la clase y del gremio y del universo conocido por bobo moral, y me parece patético que en ese contexto lo vinculemos o lo amparemos en el discurso garantista porque flaco favor nos hacemos.

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  6. tamos de acuerdo ga. sobre el tema de las chicanas creo que hay criterios mas objetivos, pero sobre todo creo que tenemos razones para ajustar las tuercas, un poco en la linea del ejemplo que das, por como se ha degradado el ejercicio profesional al respecto. hoy parece que todo es inventar argucias para dilatar el proceso, para llenar la calle de miguelitos, para embarrar el terreno. cada vez menos lo que pesa es el argumento, y mas la avivada. es asi, y no merece ser asi. en fin. que importante la discusion! agradezco que la hayas retomado

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  7. Para no volver a hablar en abstracto, y pensar un poco en Garrido.

    Digamos, en su beneficio, por si quedan confusiones, que el no era abogado de Menem en el momento de que paso eso de la supuesta "enfermedad".

    Lo que sí hizo: el otro día Garrido invoca entre otros argumentos la incompetencia de Artabe en base a "Llerenas", donde la Corte dijo que quien había intervenido en la instrucción no podía intervenir en el juicio oral. Artabe tuvo una breve intervención en la causa, no "resolvió" nada, pero ordenó medidas. Rescatando el espíritu de "Llerena" (la posibilidad de prejuicios, etc.) uno debería decir que la situación es distinta, y que la respuesta es no -así lo dijeron ahora- pero plantearlo no es una "pavada" y aunque se parezca a una chicana, es algo que no le podemos reprochar que intente, se despacha fácil con una respuesta de no de los jueces, que para eso están.

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  8. che, pobre garrido. estamos hablando del companiero mr, no del amigo garrido, no?

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  9. Uy, si perdón, lo que puse es lo que hizo RUSCONI (en la defensa de Menem) y no Garrido (Fiscal de Investigaciones Administrativas). Nada que ver, se me cruzaron los cables.

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  10. El delito de desacato estaba previsto en el art. 244 del Código Penal pero fue derogado por el art. 2° de la Ley N° 24.198 (B.O. del 03/06/1993).
    Lo que sí está vigente es el art. 18 del Decreto-Ley 1285/58, texto según Ley 24.289, que permite a los tribunales colegiados y jueces sancionar con prevención, apercibimiento, multa y arresto de hasta cinco (5) días, a los abogados, procuradores litigantes y otras personas que obstruyeren el curso de la justicia o que cometieren faltas en las audiencias, escritos o comunicaciones de cualquier índole, contra su autoridad, dignidad o decoro.
    Las multas se determinan en un porcentaje de la remuneración que por todo concepto perciba el juez de 1ª instancia hasta un máximo del 33% de la misma, y el arresto debe ser cumplido en una dependencia del propio tribunal o juzgado o en el domicilio del afectado.
    El episodio que Usted relata no es consecuencia del desacato sino de una sanción disciplinaria prevista en la norma preindicada.
    De acuerdo al Código Procesal Penal de la Nación (Ley 23.984) "El debate será oral y público, bajo pena de nulidad" (art. 363 CPPN). La lectura de memoriales está prohibida en la etapa de los alegatos (art. 393 del CPPN). Los Fiscales siempre deben proceder oralmente en los debates y por escrito en los demás casos (art. 69 CPPN) y obviamente -por razones de igualdad- también debe proceder así la defensa técnica.
    Usted dice: leer mamotretos de más de treinta páginas "debería" estar prohibido. Nooooo!. No señor no "debería" sino que "ESTÁ PROHIBIDO". Otra cosa es que los jueces hagan la vista gorda y no tengan los "argumentos" (cojones) necesarios para poner orden.
    Una cosa son las garantías constitucionales y otra muy distinta el ocultamiento ritual de la verdad. Pero como abogados y tecnócratas del derecho debemos cumplir el rol que hayamos aceptados previamente. De lo contrario no lo aceptemos. Si fulano aceptó defender a Menem por buena plata: Hacéte cargo!
    Me viene a la memoria el reportaje de Majul a Víctor Stinfale:
    (Stinfale):-"Nunca defendería a un violador"
    (Majul):-¿Pero si le ofrecen un millón de dólares?
    (Stinfale):-Lo defiendo en 5 minutos!
    Chan!

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  11. Por lo que leí en la crónica de La Nación linkeada, el defensor de El Krlo de Ani-iaco se quejó porque las acusaciones vinieron siendo leídas desde octubre. Tal vez vió una desigualdad en ese hecho: que al acusador se le permita leer y al imputado no. De todas formas se la aguantó e hizo caso al juez.

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