saberderecho.com

Algo sobre teorías y prácticas del derecho

domingo, mayo 24, 2009

No hay copyright sobre noticias o declaraciones de interés general

Diego F. tiene el blog Mundo Perverso aunque tal vez habría que escribir vlog, videolog. Lo mejor de MP son los videos que edita y sube Diego a YouTube. Allí no verán repeticiones de las "galas" de Bailando por un Sueño ni bloopers de eructos de japoneses. Prácticamente todos los videos de Mundo Perverso son compilaciones de declaraciones de políticos argentinos que Diego ha guardado y que edita para ilustrar algún punto de interés actual. En la edición hay, implícita o explícita, opinión, no es sólo reproducción.

La mayoría de esas declaraciones han sido difundidas por programas del cable Todo Noticias (TN), y aparentemente, han sido denunciadas por Artear por configurar violaciones de copyright. Así, se han removido los videos denunciados y YouTube le avisa a Diego que ante nuevas denuncias dará de baja su cuenta.

Jurídicamente el tema es muy claro. Pablo F de La Barbarie lo acaba de escribir en este post y yo no hago más que copiar su análisis, que se basa en dos puntos que aparecen entre los usos permitidos que expresamente preve la ley 11.723.

Primero, el artículo 27 exceptúa a la publicación de información periodística de la obligación de contar con la autorización expresa de su autor.

Segundo, el artículo 28 deja en claro que las noticias de interés general pueden ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas, con la referencia a la fuente como único requisito. En todos los casos, la fuente aparece ostensible en los videos de Diego, desde que se incluyen los zócalos y subtítulos y logos de la programación original.

Iría yo más allá al decir que si una ley no autorizara estos usos, esa ley sería inconstitucional por restringir en forma indebida la difusión de información pública, de interés político. Artear tendría razón si Diego estuviera, como dije antes, colgando las "galas" de Bailando, pero la naturaleza del material que usa cambia las cosas.

Mas alla del tema hay que ponerlo en su real dimensión: es censura. Estamos acostumbrados a identificar la "censura" con algo que hace el Estado contra un gran medio. Pero la naturaleza de la censura es más amplia y en este caso estamos ante una censura de un particular grande (que abusa de su posición dominante) a un particular chico. Recordemos también la lógica del fallo "Kot": las violaciones de derechos constitucionales no sólo pueden provenir del Estado, también pueden provenir de particulares. Y tiene que haber un remedio jurídico contra eso.

También sabemos que la censura puede ser directa o indirecta. El art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos dice:

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.

Lo que hace Artear, arrogándose derechos de propiedad intelectual que no tiene, es en primer lugar una falsa denuncia de violación de copyright. Y YouTube, al aceptarla, no cumple con sus propios términos de uso. Entre los dos, restringen el derecho de expresión por medios indirectos, constituyendo un caso de control abusivo por parte de particulares, cuyo efecto es impedir la comunicación y la circulación de ideas (de hecho, no olvidemos también que los comentarios que se hacen en los mismos videos de YouTube también se ven afectados por la supresión del material).

Como dijimos en este post (¡ya hace cuatro años! ¡cómo pasa el tiempo!) la ley 26.032 establece que "la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión". Y un poquito antes hacíamos contado acá acerca de un fallo nacional que había concluido que "la red llamada Internet constituye un medio de comunicación público y masivo que, entonces, merece la protección constitucional y supralegal que ampara a la prensa".

Finale: nos gustaría mucho que ONGs como el CELS o la ADC, algunos de cuyos miembros leen este blog, tomen el caso y lo difundan, haciéndole llegar sus quejas a Google (controlante de YOuTube) y a Artear (controlante de TN y Canal 13, controlada a su véz por El Gran Diario Argentino). No nos gustaría sospechar que si no lo hacen es porque no quieren malquistarse con Clarín.

Eso está más allá de nuestra esfera de decisiones, pero hagamos lo que podemos hacer: difundamos este tema, cada uno en su blog, incluso vos, Ramiro, ínterrumpí la prescripción y reabrilo a este solo efecto.


Lnks

- El post de MP donde Diego habla de la intimación de YouTube. Aparece una lista de blogs que se solidarizaron y varias repercusiones extrablogueriles del tema.

- Todos somos bloggers, también de MP, nuevas reflexiones acerca del tema y más allá de su caso particular. Irrefutable constatación, la siguiente:

los diarios sólo se hacen eco del costado boludo de la blogósfera: ya sabíamos que si de guerra de almohadas o de que vuelvan los lentos se trata, los medios se hacen eco inmediata e incondicionalmente; sin embargo ante un hecho grave como el que nos concerne ni una palabra.

25 comentarios:

  1. Lo de Clarín es increíble, se maneja con una prepotencia que no tiene nombre. Esto es un escándalo, porque la reproducción de las imágenes de TN tiene una finalidad pública, procura ilustrar una opinión sobre un asunto que interesa -o podría interesar- a la sociedad. GA dice bien que si existiera una ley que no permitiera utilizar el material con ese objeto sería inconstitucional. Me queda la duda si podría regularse la utilización de las imágenes, por ejemplo que debe notificarse a ARTEAR de que van a ser utilizadas en un medio determinado.
    De todos modos me hizo acordar a lo que la Corte de EUA dijo sobre la libertad de expresión en materias de interés público: "En el corazón de la primera enmienda está el reconocimiento de la importancia fundamental del libre flujo de ideas y opiniones en cuestiones de interés público. La libertad de expresar nuestras ideas no es sólo un aspecto de la libertad individual –y por lo tanto un bien por sí mismo- pero también es esencial para la búsqueda común de la verdad y la vitalidad de la sociedad como un todo. Por ello, somos particularmente vigilantes para asegurar que la expresión individual de ideas permanezca libre de cualquier sanción impuesta gubernamentalmente" (traducción más o menos libre de "Hustler Magazine vs. Fallwel", sentencia escrita por Rehnquist nada menos y a la que adhirieron siete jueces, lo leen en la peli sobre Larry Flynt, que debería ser de vista obligatoria para estudiantes de derecho).
    Espero que esto vaya a la justicia y se haga justicia.

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  2. gracias gustavo x la info Y la claridad.
    había leído ese post q mencionás d hace 4 años.
    a otros vlogs les está pasando lo mismo, y el material levantado es de canal 7 (pero q en algún tramo repiten, editan, etc. emisiones d c13)

    rompiendo el cerco

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  3. Gustavo: gracias por la información, clarísimo el tema. A mi me cerraron un canal y ahora me amenazan al igual que a Diego F. El tema es como defendernos, quién nos defiende. Esta semana voy a andar muy cerca de la sede de la calle Piedras al 500 del CELS y voy a seguir tu consejo y consultar.
    Gracias a Matilda por hacerme llegar hasta aquí por un comentario en mi canal.
    Si no te molesta voy a poner un enlace de tu blog en el mío, es sumamente trascendente este punto que aquí desarrollaste.
    Un saludo fraterno.

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  4. Lo de Clarín es, para variar, nefasto. Ahora, porqué no defienden sus derechos y presentan una acción de amparo?

    Gustavo ya les dió los argumentos. Solo necesitan un "cuervo cagatintas" que le de forma y los patrocine.

    Si quieren, yo lo hago (con gusto y gratis).

    Saludos,

    Rufus

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  5. Habría que contactarse con alguna de esas organizaciones no gubernamentales yanquis que llevan y litigan en los casos de libertad de expresión. Ya que, por estar alojado en EEUU, aplican las leyes de ese país.

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  6. Gustavo.

    En TED (ideas worth spreading) está publicada la conferencia de Larry Lessig —creador del Creative Commons, profesor de derecho en Stanford— donde habla sobre el choque entre la creatividad y los DPI.

    Tiene distancias con el caso de Artear (que por ser noticias, es mucho más grave), pero su mensaje, en el fondo, apunta a esto.

    Dice L.S.después de pasar videos de youtube donde editan gestos de Bush y Blair como si fuese un lipsinging de una balada de amor:

    "So this is remix, right?

    And it´s important to emphasize that what this is not; is not what we call "piracy". I´m not talking about nor justifying, people taking other people´s content in wholesale and distribuiting it without the permission of the copyright owner. I´m talking about people taking and recreating using other people´s content, using digital technologies to say things differently. The importance is not the technique (...) The importance is that the technique has been democratized. (...) Anybody with a 1.500 computer can take sounds and images from the culture around us and use it to say things differently. These tools of creativity have become tools of speech."
    Dejo los links:

    Ted: www.ted.com
    Larry Lessig on laws that choke creativity: http://www.ted.com/index.php/talks/lang/eng/larry_lessig_says_the_law_is_strangling_creativity.html

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  7. Gustavo: muchas gracias por darle difusión al tema. Yo pensé en hacer una respuesta a Youtube pero ví que lo que hacen los tipos es, para evitar problemas legales, pasarle tus datos a Artear para que te inicien acciones legales y no sé si en un contexto de silencio de los medios masivos tiene mucho sentido dar esa pelea porque ¿qué puede hacer un particular contra los ejércitos de bogas que tiene una corporación tan grande? Tienen todas las de ganar por más que como vos explicás no tienen razón en su planteo. En fin, posts como este ayudan mucho porque aún aunque no hayamos logrado todavía frenar esto que está pasando, por lo menos ante miles de personas que se informan por internet no sólo se instaló el tema sino que quedó en evidencia el accionar antidemocrático del grupo Clarín.
    Abrazo!

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  8. Voy a agregar en el post algo que debí haber dicho: que, lejos de ser una exclusividad de Clarín, efectivamente, este comportamiento abusivo es también compartido por otros canales de todo el mundo. Lo cual no hace que deje de ser abusivo.

    También debería decir otra cosa: que hay un despreciable doble estándar de los canales: cuando les queda cómodo, toman sin reparos contenido de la web, incluso contenido ilegal violatorio de intimidad. Recuerden el caso del guía que estaba agonizando en el Aconcagua: todos los canales lo tomaron de YouTube y lo pasaron a la pantalla, sin pedirle autorización a nadie. Y suelen tener segmentos donde pasan videos graciosos o raros que toman de YouTube.

    Otra cosa más, superfavorable para un eventual litigio, ya más o menos dicha en el post: no es lo mismo las declaraciones de Ruckauf en TN que las declaraciones de Jellinek ante Marcelo. Las primeras están en el ámbito de una excepcion razonable a los derechos de propiedad, y las segundas no. Y Artear tendría razón en pedir que se levanten los videos de Bailando y los capítulos de Patito.

    Hernán: yo creo que esa es una excelente película jurídica, yo me re-identificaba con el abogado que hace Edward Norton. Y está re cuidada en los detalles, cuando hacen el argumento ante la Suprema Corte el tipo que hace de Scalia es igual a Scalia, habla igual, yo pensé que era él en serio.

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  9. no solo de la web: en los canales de television es rutina usar matertioal de otros programas/ canales, por los que no piden permiso.

    y si en lugar de arreglar via Youtube -dejarles tu datos etc, les inicias vos una demanda?

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  10. Una cosa grotesca lo de Clarín, che! ¿Quiénes los asesoran legalmente a los de Artear? No saben nada o no tuvieron asesoramiento. Muy mal. Además los videos de mperverso están muy buenos! y son súper necesarios. Fuerza Diego F! Nos sumamos al repudio y le decimos no a la censura!

    Sigamos,
    Lucas.

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  11. Muy buena info, descripción y justificación. Muchos apoyamos con fuerza la postura.
    A Diego F. le diría, siguiendo el consejo de "estidiante crónica" de iniciar él mismo acciones legales directas contra Artear, que por más apoyo que los particulares le ofrezcamos, los principios salen caros. Los principio no se sostienen con fuerza de voluntad sino con dinero pagado a abogados. La alternativa es fuerza política o bien de organizaciones. Es esta vía que ya propusieron algunos aquí la que puede avanzar, la individual le veo desgaste infecundo. Mis saludos.

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  12. Hola Gustavo,

    Un gusto ver que un abogado se ocupa del tema.

    Yo vi muchos insultos a Google / Youtube en la blogosfera Nac&Pop y en realidad lo que hace Google es simple: cubrirse las espaldas para que ningun dueño de material les haga juicio a ellos (como sucedio con Viacom que les reclamo 1000 millones de dolares por los videos de MTV con copyright subidos a YT).

    Es mas, tengo entendido que con la ley norteamericana DMCA (Digital Millenium Copyright Act) promulgada durante la presidencia de Clinton es OBLIGATORIO que los que operan sitios como YT tengan un link o metodo administrativo para que los dueños de contenido reporten contenido que infringe sus derechos de autor.

    Asi que, nuevamente, repito, Google solo esta cubriendose las espaldas. Lo que hacen es veiricar que el reporte venga efectivamente de Artear, y si es asi, lo borran.

    Vos decis "las noticias de interés general pueden ser utilizadas, transmitidas o retransmitidas, con la referencia a la fuente como único requisito." Si, una cosa son las noticias "hubo un choque en avda. Marquez y Gaona", la informacion textual, y otra cosa un
    segmento del programa "a dos voces" con el logo de TN arriba y las voces de los periodistas.

    Pero tal vez me equivoque.

    Cuando les hice una nota a los responsables de la Wikipedia Argentina y les pregunte por el concepto de "Fair Use" de la ley de copyright norteamericana, que permite ciertas excepciones para el reuso de material sin pedir permiso, me dijeron que la ley argentina en el caso de las imagenes NO CONTEMPLA el "fair use" y que por esa razon la wikipedia en castellano no permite fotos de programas televisivos o peliculas.

    Vos diras. Soy un neofito en esto y solo me estoy poniendo en abogado del diablo.

    Mi punto de vista es que seria buenisimo que se judicialice el tema para llegar si es necesario a la corte suprema, y sentar precedente, para bien o para mal.

    FC

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  13. Escribí sobre lo mismo, pero al pedo. Hubiera linkeado directamente acá.
    Gran post.

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  14. juan Santamaria26 mayo, 2009

    Que bueno que se pueda debatir seriament este tema sin infantiladas de "gorilas" y "ciberkas".
    Fernando comparto 100 %, creo que hay separar dos cosas : lo que creemos que esta bien a lo que es lo legal.

    Es importante y vital tener un archivo de entrevistas de todos los medios a los politicos sobre todo para el famoso "archivo" y ver lo que pensaba antes (sino vean el video de Kichner cuando decia que Menem era el mejor presidente de la historia con Menem y Cristina sonriendo a Odol). Ese video fue tomado por un "aficionado" si ese video fuera de "TN" y a ellos no les convenia que se sepa del mismo, no duraria en ningun canal de videos. Es asi. La ley como decia en wikipedia es clara, sabran de la ley "modelos google" que paso hace poco donde ciertas modelos enjuciaron atraves de un abogado a google para que remueva las paginas donde hay fotos suyas. Esto no seria censura tambien? una foto de "paparazzi" en un blog con la cara de cierta modelo que inicio una querella a google podria ser motivo de mail al blogger. De hecho, hay fotos que desaparecieron de la red o estan imposibles de buscar.
    Los contenidos que generan los medios los regulan ellos mismos, esto esta bien? NO!, pero es la ley (no la ley de medios por dio' es la ley del copyright)
    Entiendo todo lo legal sobre la informacion,pero aca se habla que youtube por pedido de artear removio videos donde aparecen programas suyos, eso es simple, como explique mundo perverso, los millones de videos que se generan por dia la gran mayoria tienen copyright, si un tipo dice "no, ese video es mio porque esta mi logo en el" ellos ven el memebrete del etudio de abogados el logo y ven en logo en youtube, concuerda, chau video.

    Lo que digo que para que darle de comer a esos gigantes, posteen sus videos en sitos mas chicos y remotos. Y listo! Todo el tema de leyes, es charla de cafe en el mundo de internet.

    VEAN EL EJEMPLO DE TARINGA mas de dos millones de usuarios, pero si criticas a taringa y posteas informacion que a taringa no le gusta, adios! alguien se quejo formalmente de esto? nadie!, todos siguen usando a taringa porque hay ahi hotlinks y listo.

    Igual, clarin, es un caso...es un MOSTRUO que creo mr Menem, lo alimento de la Rua y Kichner le dio el postre...ahora...anda a paralo...

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  15. TN es fundamentalmente un canal esencialmente de noticias, lo que creo no implica que cualquiera pueda retransmitir contenidos enteros de programas aunque lo hagan por fragmentos o porque no toda su transmisión, podemos suponer un acuerdo implícito de hacerlo entre varios en diferido. Continuo, por ejemplo una cosa es grabarse para uno mismo el programa "A dos voces", guardárselo para mostrárselo a sus amigos, parientes, etc. pero no se lo puede colgar en un lugar donde lo puede mirar cualquiera a la hora que se le ocurra en diferido sin ni siquiera tener que pagar la factura de cable.

    Sé que el grupo Clarín no es muy defendible ni muy querido y adhiero a eso. Sin embargo creo que tienen el derecho si así lo desea de no permitir retransmitir a diestra y siniestra contenidos que mal que les pese a los que lo hacen, saben que hay que poner instalaciones, cámaras, personal, pagar periodistas etc. etc., por lo menos lo que se pretende es que la gente lo vea bajo la grilla de programación horaria que para algo está y que prepara la producción del canal en cuestión.

    No creo que si yo o alguno de Uds. tiene un programa en un canal de TV o una radio, les guste que nadie se preocupe de mirar o escuchar vuestro programa en vivo, porque sabe que alguien siempre porque ya se ha hecho costumbre habrá en Youtube o algún otro servidor de audio y vídeo que lo subirá a la red y lo escuchará a la hora que se le cante.

    Ni que hablar de que como productor del programa de radio puedo perder auspiciantes o publicidad para mi programa no pudiéndole asegurar al que desea contratarla que mi audiencia puede prescindir alegremente del horario de transmisión. Por lo tanto discrepo con la victimización de los que con todo derecho tienen la necesidad de intercambiar ideas y utilizar los vídeos de dichos programas como testimonios, ya que por algo se los sube, para contrastar y ayudar a la memoria de todos en relaciones a las declaraciones de los políticos, sin embargo creo que mal que nos pese el hacerlo en forma desproporcionada y tan visible, está a nivel mercantil usufructuando el trabajo y el capital invertido por otros, por lo tanto no creo que nadie se atreva a llevar a la justicia algo así, ya que creo que no se trata de censura sino del resguardo de una actividad.

    Muchos de Uds. saben que hay servicios de intercambio de archivos, tipo Rapidshare y otros donde se podría intercambiar los vídeos con el objetivo de que se intercambien vía download, si bien también podría ofrecérsele reparos a esta práctica, no creo que se saliera a perseguir a todo proveedor de hosting por ahí.

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  16. En el derecho argentino no existe la doctrina de "fair use". Es un gran malentendido del tema.

    Simplemente, hablemos de usos permitidos, centrémonos en la ley. Y la ley nos da la pauta que se detalla en el post (curiosamente, a veces es llamada la "Ley Noble", impulsada por el fundador de Clarín) y como es lo único que tenemos debemos extenderla por analogía a los derechos de televisación.

    En el comentario de Juan Santamaría, como en el de Gregorio antes, se da por cierta una premisa falsa: que todo lo que yo "paso" en mi canal es "mío" y nadie lo puede reproducir. Pasa por alto, en fin, el título mismo del post: no hay copyright sobre ciertas cosas.

    Artear sabe que tiene el derecho a tomar fragmentos de otros programas y por eso admite en su grilla a programas que precisamente consisten en la repetición de cosas viejas o nuevas de otros canales: notoriamente, TVR, Duro de almorzar.

    Los videos de Diego, a diferencia de otros que circulan por la web, no son meras grabaciones, sino que incluyen trabajos de edición, temáticas diferentes. No se pueden diferenciar jurídicamente de los "informes" de TVR, y por eso hay un doble estándar de quien permite -y promociona- algo en su casa y lo denuncia cuando lo ve en casa ajena.

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  17. juan Santamaria27 mayo, 2009

    Falso o no, youtube te dice antes de postear si la obra no es tuya, podes tener problemas, es mas te suguiere "grabar cosas vos mismos con tu camara" para evitar problemas legales.

    Simple como eso, creo que no hace falta saber derecho y ser abogado y tener 100 titulos para saber que si algo por mas que lo edites vos, no es tuyo, y otro lo reclama, se le da la razon al otro.

    Saludos!

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  18. Juan esta última consideración demuestra que efectivamente no sabés nada de derecho, en particular de derechos intelectuales. Existen derechos de cita, materiales que están en el dominio público, y usos autorizados que permiten que alguien pueda hacer su nueva obra utilizando legalmente partes de la obra anterior de otro, a la que le da un valor agregado.

    Lo que YouTube advierta al respecto es irrelevante, no puede definir el alcance de la ley en condiciones particulares. Es como si el propietario de un bar te dijera: le sugerimos que entre acompañado de clientes blancos, si ud. viene con negros puede tener problemas, no diga que no le avisamos después.

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  19. juan Santamaria27 mayo, 2009

    Mira cuando vos entras a un sitio tiene "politica" y "protocolo" es como quejarte en taringa porque te borren un post. Medio infantil el planteo tuyo del bar. Aca no haca falta saber de leyes, aca es una cuestion simple: si donde voy a hacer algo dicen que "si haces esto te pasa esto" si decis SI ACEPTO por mas que te suene ridiculo vos estas Aceptando lo que dicen, sino simplemente no lo hagas o busca un sitio que no tenga problema con eso.
    No es saber leyes amigo, es sentido comun (eso no se aprende en ningun lado, lo siento)

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  20. El derecho tiene muchas reglas que se imponen a la voluntad de los particulares y que son vinculantes independientemente de lo que alguien disponga y otro acepte.

    En temas de derechos intelectuales, un autor no puede decir, por ejemplo: yo no acepto que mis obras sean objeto de cita o de parodia, no acepto que pasado equis tiempo pasen al dominio común".

    Sobre el sentido común y su relevancia en el derecho, te recomiendo ver este post.

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  21. un pequeño comentario sobre el 3° párrafo d gregorio:
    en realidad, el material de tn está colgado en la red en su propia página.
    no parece entonces preocuparles que no veamos sus programas. ellos mismos permiten q los veamos en diferido...

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  22. matilda, si el material del que estamos hablando está colgado en la red en su propia página, de qué censura estamos hablando ? alcanzaría con ponerle un link y listo ? Sigo sin tener clara esta cuestión.

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  23. Es importante luchar contra la libertad de expresión y opinión. Se deben actualizar los viejos esquemas para adaptarse a las nuevas tecnologías y medios de comunicación.

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  24. Gustavo,

    Yo creo que el problema es uno de derecho conexo, no de la ley de propiedad intelectual, que no se aplica demasiado al caso. Art. 13 de la convencion de Roma protege la reproduccion de las emisiones de organismos de radiodifusion. Aca no existe mucho de derecho de autor, ya que sería muy dificil decir que una entrevista es una obra. Obviamente, si no se tomara la señal, sino que se transcribiera el texto, la cosa sería diferente.

    En los programas en que se usa el material de otra estacion podría aplicarse derecho de cita, pero ese siempre debe ser de una obra, y aca no siempre se trata de tales. Por ej: de un programa de ficcion claramente entra, despues hay que ver si existe o no una obra protegida.

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  25. Hola.
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    Muchas Gracias por tu tiempo... y disculpa si no fue la mejor manera de darme a conocer.

    Un saludo.

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