Hechos: Virgina da Cunha (formerly known as Virginia "de Bandana") demanda a los buscadores porque su nombre y su imagen aparecía en sitios webs de escorts, porno, etc. Reclama $ 200.000 por daño moral y daño material, la jueza Virginia Simari -otra Virginia- acepta lo primero y rechaza la segundo, fija la condena en $ 100.000.
Quede dicho que no me gusta nada cómo está escrito el fallo, lo cual no significa necesariamente que esté mal resuelta la cuestión. Si ven la sentencia (acá) van a encontrar largas glosas de la pericial del técnico que explica como funcionan los buscadores. De cajón, cuando un juez no sabe algo de un tema técnico, cita mucho, copypastea. Para que se den una idea, dice, con un lenguaje un poco de telescuela técnica.
Un programa de computadora es un algoritmo que le dice a la computadora los pasos específicos para llevar a cabo una tarea. Los algoritmos son rigurosamente definidos para que la computadora pueda interpretarlos. El orden en que se ejecuta cada uno de los pasos que constituyen un algoritmo es fundamental. El orden más básico es de arriba hacia abajo, ejecutándose una instrucción tras otra de un código; un algoritmo puede variar en su flujo u orden de ejecución de pasos dependiendo de los valores de inicio o de los que entran durante su ejecución. El flujo es manejado por las estructuras de control.
Y sigue. Dicho sea de paso, miren qué casualidad, coincide con la definición de algoritmo que da este sitio, pero la sentencia no hay cita alguna. Tal vez debe ser copypaste de lo que dijo el perito. ¿Cómo me di cuenta? Obviamente, googleando.
Pero eso no es lo que interesa, así que vamos a hacer un punteado de las aseveraciones extraídas del fallo que me parecen más relevantes.
- “los buscadores operados por las demandadas también son sitios de internet, y sus autores y/o responsables deciden qué contenidos incluyen o no en los mismos”.
- "Google tiene conocimiento del contenido de los web sites que indexa en su buscador y de alli que puede indexar y clasificar los contenidos que proporciona como resultado de una búsqueda".
- “su quehacer constituye un servicio que facilita la llegada a sitios que de otro modo serían de muy dificultoso acceso, y además, esa facilitación hace precisamente al núcleo de una de las actividades centrales que desarrollan”.
- "Los buscadores -como cualquier sitio web que posee información- ofrecen a sus visitantes medios para la obtención de esa información. En el caso de www.yahoo.com.ar y www.google.com.ar no tienen procedimientos diseñados para recibir notificaciones de abusos de sus sistemas. El perito indicó que ingresando a ambos buscadores y recorriendo todos los vínculos de las distintas páginas no encontró referencia alguna donde comunicar abusos".
Cuando yo armo las piezas del rompecabezas, mi lectura del fallo es que su aplicabilidad es acotada.
Sigo su línea de razonamiento y asumo que existen las tecnologías de búsqueda que al relevar la red pueden identificar, plausiblemente, sitios que tienen ciertos contenidos específicos (escorts, porno) potencialmente agraviantes, y que justamente son esos sitios específicos por los que se les endilga responsabilidad en este juicio.
Si google puede ser virtualmente 100 % eficaz en evitar que lleguen avisos de cialis y viagra y penis elongation a mi gmail llevándolos a la carpeta de spam, si google puede filtrar eficazmente de su relevamiento la mayoría de las cosas que pacta no reportar en resultados con el gobierno chino, google también puede hacer eso.
Y en la medida en que no lo haga, y que de esa inacción se deriven daños, será civilmente responsable por lo que aparezca en los sitios externos al buscador.
Esto no significa que los buscadores sean de hecho responsables por el contenido de todos y cada uno de los sitios que linkean. Si mañana una nota en "La Nación" dice falsamente que Virginia de Bandana cobra por sexo, y google linkea eso, el responsable será "La Nación", no google. Si yo tengo un blog de derecho y mañana digo que Virginia de Bandana es escort, el responsable debo ser yo, no google. Pero si el hecho generador de responsabilidad civil surge de alguno de los sitios potencialmente identificables como sospechosos, el proveedor de la tecnología de búsqueda puede ser responsabilizado.
Si mi lectura del caso es correcta, entonces la aplicabilidad del precedente está acotada a los resultados que provienen de sitios que, por tener un cierto patrón de contenidos, son identificables para el buscador.
A esta altura deberíamos decir que el título del post ha sido deliberadamente falso: la justicia no está condenando al bibliotecario por lo que dice el libro. No está diciendo que el bibliotecario asume responsabilidad por cualquier cosa que nos entregue. Está diciendo que su negocio (el de ser el bibliotecario global que es google) debe ser ejercido con una mínima diligencia para evitar daños evitables. O, tal vez, con la máxima diligencia que permita la tecnología y que sea compatible con la usabilidad y neutralidad de la red. En cualquier caso: con cierta diligencia, con algunos deberes de cuidado.
El principio puede ser aceptado, pero se corre el riesgo de que una interpretación amplia de eso, una mala lectura de los primeros fallos, lleve a concluir que todo link puede generar responsabilidad, y que google es responsable por cualquier cosa que publique cualquiera y que aparezca en los resultados del buscador. Y no es eso lo que dice esta sentencia.
Tal vez haya lecturas alternativas, tanto sobre el fallo como sobre el mérito del fallo, así que las aceptamos con atención. De momento, estoy de acuerdo en ir avanzando hacia un estándar de responsabilidad residual de los buscadores, que no comprometa la fantástica utilidad de relevamiento y clasificación de información que nos brindan. Admito, claro, que ese estándar no está exento de peligros, y que pueder haber muchos diablos alojados en los detalles.
Lnks
- Viriweb.com , la web oficial de Virginia de Cunha.
- Casi al mismo tiempo, un tribunal inglés llega a otra conclusión aparentemente contraria (los buscadores no pueden ser responsabilizados por lo que dicen los sitios de terceros) aunque no inconsistente con la lectura específica que propongo del caso argentino (conforme a la cual, esa regla tendría su excepción en sitios que puedan identificarse como de contenido dudoso). Ver nota meramente informativa acá (español) y una que explica más en detalle los fundamentos acá (inglés).
"Si yo tengo un blog de derecho y mañana digo que Virginia de Bandana es escort, el responsable debo ser yo, no google."
ResponderBorrarPongo "bandana escort" en Google. Me salió en primer lugar.
Perdón. Me salió en primer lugar "Saber leyes.."
ResponderBorrarAhí va a haber un problema enorme de cómo hacer el profiling de lo que se considere "contenido dudoso". Incluyendo la liberación por todos los buscadores de los algoritmos. ¿Y los falsos positivos? Si en la justicia se tiene tanto cuidado con eso, no debiera pasar lo mismo con los contenidos de internet? De hecho, esto puede relacionarse con lo que le pasa al pibe de Mundo Perverso con los contenidos de Artear.
ResponderBorrarDada la tremenda importancia de Google, esto no sé si no está como mínimo a la par de lo que se genera por ejemplo en EEUU con el policía que detuvo a un tipo negro de Harvard por ser negro y que ameritó la intromisión del presidente y una cumbre de la cerveza.
En este punto creo que habría que haberse sopesado el derecho del conjunto {todos los famosos que puedan ser asociados a escorts} con el de {todo el resto de la gente}. Si se aceptan límites a otros derechos constitucionales, ¿por qué no límites al derecho sobre la imagen propia? ¿Qué pasa si AvrilX se arrepiente de sus fotos caminando desnuda por la 9 de julio?
Saludos,
Son las instituciones, estúpido
Lo que no me termina de cerrar es si existe la posibilidad técnica de eliminar estos linkeos generadores de reclamos. Y si de existir, puede ser automática (un bot) o si debe ser activada con por lo menos una denuncia.
ResponderBorrarConvengamos que la forma en que gmail filtra el spam y el base del sistema de búsqueda de google, son de los secretos más codiciados de internet, y probablemente la fuente de su fortuna y éxito. No creo que les sea un gran desafío técnico establecer un mini-centro de denuncias y algun bot que elimine links cachondos generadores de eventuales reclamos. Y aun así, habría que ver si éste mismo sistema no podría ser usado con abuso por otras personas.
Este fallo se va a repetir con otros famosos.
Si hago una pagina donde ponga mi nombre asociado a algo porno, como escort o lo que sea, y hago que google me encuentre....
ResponderBorrarHago juicio y listo.
Muy sencillo señores jueces....
no pueden sentenciar a google o yahoo, al contrario, agradezcan a estos sitios que encontraron contenido inapropiado utilizando el nombre de esta señorita.
Estoy de acuerdo con que se disponga que Google y Yahoo tomen medidas para que no enlacen el nombre de una determinada persona, más o menos famosas, con sitios lesivos para su intimidad. No así con la condena de daños y perjuicios -al menos no estoy seguro-, que en todo caso debería recaer sobre los responsables de cada uno de los sitios.
ResponderBorrarEl tema es que salvo en las primeras demandas de este estilo -que son todas llevadas por el mismo abogado-, las actoras no demandaron a los titulares de las páginas porno o de escorts, obviamente porque no les conviene. Google pidió que se los cite como terceros obligados, pero hasta donde yo se, los jueces venían rechazando la intervención con argumentos bastante endebles desde lo procesal, pero que tenían cierta lógica subyacente: si en un caso admito la citación de diez tipos que manejan estas páginas , más adelante me van pedir la de veinte y así van a crecer hasta convertir a estos juicios -que son más de 300- en casos inmanejables.
Gustavo, una pregunta: ¿te parece que si estuvieramos en EUA esto podría haberse hecho por una class action y no en 300 demandas diseminadas en 20 o 30 tribunales diferentes?
Gustavo, muy buen post.
ResponderBorrarCoincido a medias con Hernán.
Creo que es muy difícil "controlar" todo lo que se linkea, y poner una traba de ese tipo, atentaría contra las "virtudes" del buscador.
Además es muy difícil para el buscador, saber qué genera daño y qué no.
Saludos
Pésimo fallo.
ResponderBorrarY "Campillay", bien, gracias!!!!!
Gustavo, espero ansioso tu comentario sobre las acciones legales de clarin contra el blog quetepasaclarin.
ResponderBorrarrepatriation conservative appointments awash contacting urls medimmunes dealingin eewebsite splices fresh
ResponderBorrarsemelokertes marchimundui
Creo que somos miopes. El árbol nos tapo el bosque. Si cada persona demanda a los buscadores, estos tendrán que buscar la forma de zafar de alguna manera, quizás, un botón -esto me jode o contenido inapropiado-. Pero de ninguna manera podemos permitir que desde dentro de los motores de búsqueda se seleccionen y empiecen a clasificar todos los contenidos.
ResponderBorrarLlegaríamos al exceso de censura por parte de los buscadores.
Claro, los buscadores son pocos y los sitios de porno miles. Si un juez se pone los pantalones largos y empieza a clausurar, perseguir y condenar económicamente a los sitios pornos, de apoco estos se limitaran y dejaran de joder. Por supuesto, estos últimos tienen guita y poder, mas que yahoo y google.
No debemos permitir que censuren nuestra libertar de prensa virtual. Yo puedo decir lo que quiera, luego seré responsable. Pero si antes de poder dejar trasmitir mis ideas soy censurado porque digo tal o cual cosa que a “X” con poder o dinero le jode caeríamos nuevamente en el siglo XVIII.