saberderecho.com

Algo sobre teorías y prácticas del derecho

viernes, febrero 05, 2010

Crítica: Juan V. Sola, "Tratado de Derecho Constitucional" (2009)

Ensayamos un género infrecuente(*) la crítica crítica de obras jurídicas. Dividido en tres partes, con abundancia de aclaraciones culposas.


Por qué un escrutinio estricto


Las credenciales académicas del autor (profesor titular de derecho constitucional en la UBA), el formato y la extensión de la obra (5 tomos de más de 800 páginas c/u), la ambición inequívoca del título ("Tratado"), la hermosa edición en tapas duras color caoba de "La Ley" y hasta el precio de venta (¡unos 660 dólares!) hacen de la obra que comentamos una candidata obvia a ser identificada a priori como el lanzamiento editorial más importante del año pasado en su materia. Una superproducción.

Esto también nos lleva a juzgarlo bajo un escrutinio estricto, por tomar una expresión conocida del derecho constitucional norteamericano que ya es nuestra.


1,5 johnmarshalls

Como debería hacer un abogado adelanto la conclusión que procuraré demostrar: detrás del tsunami de datos y páginas que cose en sus lomos, el Tratado es pobrísimo, mal estructurado, con lagunas enormes en temas centrales.

Veamos por qué: para lo que se presenta como un Tratado, hay demasiadas ausencias de autores insoslayables, tanto locales (Roberto Gargarella, Alfonso Santiago, Carlos Nino) como extranjeros (ni una línea de los últimos Dworkin o Sunstein, o de Waldron, del neoconstitucionaíismo línea Miguel CarboneH). Como diría Macedonio: faltan tantos, que si faltara uno más, no cabría.

Que un autor constitucional!sta desarrolle, por ejemplo, el tema de razonabilidad sin hacer una sola referencia a Carlos Bernal Pulido es como que un periodista deportivo especializado en Boca pretenda escribir sobre el equipo sin hacer referencia a Riquelme. Incluso aunque no te guste, no podes ignorarlo.

*

Muchos capítulos del "Tratado" son una reproducción textual, sin variaciones, de otro libro que el mismo autor escribía en 2001, como los "siete modelos de constitución" -una larga glosa que es traducción sin valor agregado de Larry Tribe-, como los capítulos sobre teorías de la argumentación y análisis de razonabilidad. Casi una década después: ¿no había nada más, nada distinto, para decir al respecto? ¿tan definitivos eran aquellos materiales?

*

Vamos a aspectos pedestres y prácticos.
Cualquier persona bien informada, aunque no haya pasado por la Facultad, sabe que un problema central del constitucionalismo argentino contemporáneo es el de cómo interpretar la habilitación para los Decretos de Necesidad y Urgencia.

Pues bien, el "Tratado" que comentamos le dedica al tema media página (mitad superior de la página 808 del tomo 1). Publicado como dijimos en 2009, no se hace ninguna referencia a "Verrocchi", a "Rodríguez", a la ley 26.122 de 2006.

En cuanto a la estructuración de la obra, discernir su lógica es improbable. es como si los capítulos se hubieran mezclado en la imprenta y aparecieron en un orden de exposición bartoleado. Tiene el discreto encanto, no obstante, de que se puede empezar por cualquier lado, es posmoderno en el sentido de que le da muchas libertades al lector.

*

Vamos a aspectos de fondo. Solá hace derecho comparado como en la vieja escuela del copipego. "Derecho comparado", digo, y pongo un par de fallos de la Corte Suprema de los Estados Unidos. Después de ahí, el fmisterre, se me terminó el mundo: una prescindencia absoluta de fuentes de enorme interés histórico y actual, dejando afuera la doctrina de tribunales provinciales, la de tribunales latinoamericanos (es increíble lo poco que nos citamos entre nosotros), la de otros países que tienen sistemas similares de control de constkucionalidad.

La metodología podría tener sentido si el tratamiento de los casos fuera exhaustivo. Tal vez yo puedo partir de "Brown v. Board of Education" (sentencias de ía Corte USA que ordenan la desegregación en las escuelas primaras) y construir desde .allí una teoría completa sobre la igualdad y el activismo judicial, o tomar nuestro "Bazterrica" para ensayar una conceptual!zación de lo que implica la privacidad en el art. 19 C.N. Claro que para hacerlo es imprescindible superar el mero "análisis de la sentencia del caso": pensar en los temas de fondo, en sus proyecciones, en argumentos y contraargurnentos.

Pero casi invariablemente, cada vez que el "Tratado" incluye un caso, no hay análisis. El caso queda en dique seco, según el procedimiento de fíchaje por glosa o copia directa, de modo que el que lo lee no sabe qué paso después: si hubo jurisprudencia aclaratoria, acotante, expansiva; qué fue opinando la doctrina luego sobre el caso, qué piensa el mismo autor sobre la cosa.

En algún caso, el sistema es bien a lo Pierre Menard: por ejemplo, el capítulo dedicado a libertad de expresión y el caso "Kimel" consiste en la transcripción textual de la sentencia del caso "Kimel".

*

Lo que se presenta como "Tratado" tiene entonces menos valor que un clásico libro de casos y materiales. En aquellos, el "caso" se presenta como disparador para la reflexión crítica constructiva, aquí, el "caso" se presenta corno su sustituto y como el aparente final de toda discusión. Debemos conceder a favor del autor que es una confusión muy extendida: un montón de profesores las van de modernos diciendo "yo enseño con el método del caso" y lo que hacen es repartir fotocopias de fallos para que los alumnos resuman lo importante. Hacer una práctica de lectura no es enseñar nada, es meramente reemplazar el fetichismo normativo por el fetichismo jurisprudencial.

Como acotación al margen, incluso aún con las carencias señaladas la metodología registra también ausencias inexcusables en la elección de su repertorio. Que un autor constitucionalista desarrolle la teoría de la delegación legislativa en los Estados Unidos sin hacer referencia a Chevron es como que un periodista deportivo especializado en tenis pretenda hablar del tenis argentino actual sin hacer referencia a Juan Martin Del Potro.

*

Dentro de este panorama tan negativo, sería injusto decir que al Tratado no se le cae una idea.

Hay ideas, casi siempre ajenas, que buscan saludablemente oxigenar el análisis jurídico normativista con elementos de análisis económico del derecho, que hacen justificable y por momentos marginalmente interesante la lectura. El autor es curioso y nos muestra bocaditos de Coase, de Arrow, de Cooter y Ulen. Pero casi todo es confuso, vemos demasiada contundencia en cuestiones dudosas, demasiadas matizaciones poco claras, capítulos que terminan de repente sin conclusiones ni reflexiones. Por eso el análisis económico del derecho que se promete queda en la intención, en la fraseología: se habla del costo de los derechos, sobre las implicancias de la escasez, pero estamos a años luz del desarrollo que, por ejemplo, se hace tan bien en el librito de Lucas Grosman que tanto elogiamos alguna vez.

Para matizar, leí este "Tratado" en paralelo con otros libros. Uno de ellos es "La economía de lo insólito", de Sebastián Campanario, economista y periodista de Clarín, un libro sobre economía del comportamiento en la línea de freakonomics. Campanario se las arregla para explicar en uno o dos párrafos ideas complejas, señala su conexión con otras simples, explora sus implicancias, incluso hace muy pertinentes salvedades sobre las metodologías y las debilidades de cada teoría, no se deja fascinar ni se deja chapear, ni chapea él. La comparación es inevitable y pega feo: pisando terrenos similares, un libro de bolsillo, de divulgación, es mucho más solvente y criterioso que nuestro tratadista académico multitomo.

El quinto volumen tiene también algunas cosas muy interesantes sobre acción declarativa, sobre acción colectiva, esbozos de una teoría de la decisión, otros temas sueltos de derecho procesal constitucional. Por eso, por algunos chispazos del tomo I y del III, la obra merece sin duda una lectura atenta en sus intervalos más lúcidos, pero el Tratado en conjunto deja una imagen que, para nosotros, es muy decepcionante.

Calificación: 1,5 johnmarshalls, sobre 5 posibles.



(*) Posdata aclaratoria sobre usos y costumbres

Esta infrecuencia forma parte de una suerte de amabilidad mal entendida, según la cual al autor que escribe algo que no nos gusta se lo debe ignorar, o, llegado el caso, criticarlo en forma asordinada sin mencionar el nombre del otro (como hace Gordillo cuando critica a Marienhoff).

Creo que es un poco esquizofrénico y cobardemente corporativista este comportamiento: vivimos criticando a los políticos, a los legisladores, a los jueces de todas las instancias, y amonestándolos de modo feroz, muchas veces arrogante, pero casi nunca nos animamos a criticarnos entre nosotros (al hablar del "entre nosotros" me refiero al impreciso colectivo de la "academia" en el más amplio y no elitista de los sentidos posibles, asumiendo que forman parte de este colectivo desde el jurista que está de profesor visitante en Harvard hasta el inquieto alumno que abre por primera vez con ojos frescos un libro "técnico" de derecho).

No creo que esto sea falta de respeto: la manera verdadera de respetar a Sola es tomarnos su libro en serio, no escribiendo una recensión lavada como las que solemos ver publicadas en las revistas del gremio, donde felicítase la enjundiosa obra del prolífico autor, que realiza una síntesis exuberante, etc. Seamos buenos entre nosotros.

Se me podrá reprochar que en mi análisis no he dado ninguna concesión a la complacencia. Podré decir que si bien eso es cierto, por otro lado (y acá trasciendo a la persona de Solá, que tal vez sea excelente y super buen tipo), estos tipos reprueban gente, estos tipos tienen la llave para decir quién entra o no a una cátedra, estos tipos evalúan tesis doctorales, eventualmente estos tipos son jurados en los concursos de selección de jueces que a su vez nos van a juzgar a nosotros. Ejercen, de algún modo, cierto poder, y no pueden ser relevados de la crítica que lleva implícito el ejercicio del poder.


Posposdata.

Espero que esta sección siga y que yo tenga muchas oportunidades de hablar con entusiasmo adolescente de otros libros. Uno va al cine esperando que la película le guste. A veces sucede: estoy leyendo borradores muy avanzados de una obra buenísima, seguramente también multitomo, un trabajo enormemente prolijo y solvente, que sin exagerar -no regalamos nota, ya se ha visto- marcará un antes y un después en una parcela no muy cuidada (¡pero muy importante!) del derecho constitucional argentino. No veo la hora de que salga a la calle.


Addenda del 19 de febrero. Juan Solá ha dado, en los comentarios de este post, una respuesta a esta crítica. Dado que es el autor aludido, me parece justo hacer el aviso y remitirlos a ella por una suerte de derecho a réplica blogal. Por mi parte, acoto al pie que el Tratado tiene entre otras una sección sobre Federalismo (el capitulo "¿Qué tipo de Federación somos?" del tomo I) que me pareció en verdad muy buena, y en mi criterio tal vez lo más interesante de la obra; como así se lo dije a Solá por línea privada, noblesse oblige a hacerlo también públicamente.

40 comentarios:

  1. Cursé con Sola Constitucional Económico en la UBA. La materia es interesante, pero la dan muy mal (él fue la primera clase y no fue más), para una persona que escucha por primera vez en su vida las palabras "análisis económico del derecho" las clases son en chino mandarín (y leer su libro Constitución y Economía...pufff). Bocha gente, y la nota más alta que pone es 7. Para que te des una idea de cómo es Sola persona: me lo imagino pasando todo enero sentado de traje en un sillón de cuero, contemplando sus seis tomos en tapa dura que reposan sobre una linda biblioteca de su piso en Recoleta. Saludos.

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  2. Al del comentario anterior, le cuento que Sola pasa sus vacaciones en un campito de 100 hs. en Las Heras, provincia de Buenos Aires. No vive en Recoleta, sino en Belgrano. Y es un tipo superaccesible y humilde, que a lo mejor no tiene el don de escribir bien y con claridad. Es diplomático de carrera, con lo cual está postergado en la cancillería nacional y popular de estos tiempos. Los que han hecho la maestría de Derecho y Economía en la UBA en general lo respetan bastante.
    En fin, la obra será pobrísima pero no hay que hacer ataques estupidos. Por suerte la crítica de GA no cae en el ad hominem, analiza su libro y punto.
    Hernán

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  3. gustavo, te felicito realmente por hacer una critica simplemente diciendo lo que pensas, es tan inusual que no existe. lo que existe es el: salgo a matar o, salgo a elogiar y despues veo de que se trata la obra, porque tengo que cuidar mi puestito o asegurar el proximo. asi que solo por eso, con independencia de quien sea el autor elogiado o criticado, mis mas sinceras.

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  4. pese a las comilonas de pastas en chiquin en su juventud con el caniche de adrogué (otrora marketeado como bulldog)
    y ser medalla de oro de videla en el isen
    no es mal tipo

    ahora, como no lo veo jinete loco
    planteo hipótesis síntesis:
    domingos en sillón de cuero en el campo, leyendo y oteando el horizonte

    a las limitaciones en derecho comparado
    por el comentario
    pasó varios años en ginebra (a nuestra costa, tal vez a nuestro beneficio)
    pero no se le pegó nada de europa
    más ciego que jorge luis?

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  6. che, pero hablemos de los libros, en lugar de tirar tomates sobre la persona, digo

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  7. .
    Muchos aspectos de la academia son ciertamente reprochables y algunos me dan un poco de náuseas.

    Entre ellas los famosos "comentarios" de La Ley de obras que claramente quien la escribe no leyó más que el índice. O los prólogos que, en igual circunstancia, son una bola de palabras bonitas y citas pedorras de un Borges mal elegido, etcétera.

    Bien por esta entrada y bien por criticar todo.

    Yo tengo mi top 3 de obras pedorras que en la facultad son consideradas preciadas joyas de la literatura científica jurídica.

    Patrañas.

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  8. Alejandro Kafka06 febrero, 2010

    Profano y lego en materia de derecho, pero ávido lector de los blogs de GA y RG, la verdadera crítica al "Tratado" se encuentra en el soberano impacto hormonal que ha provocado en nuestro huésped la lectura de más de 4000 arduas páginas: "Una va al cine esperando que la película le guste" :-)

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  9. Alejandro Kafka06 febrero, 2010

    Fe de errata:

    Profano y lego en materia de derecho, pero ávido lector de los blogs de GA y RG, noto que la verdadera crítica al "Tratado" se encuentra en el soberano impacto hormonal que ha provocado en nuestro huésped la lectura de más de 4000 arduas páginas: "Una va al cine esperando que la película le guste" :-)

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  10. Alejandro Kafka06 febrero, 2010

    Hablando ahora en serio, la verdad, resulta sumamente curioso que una obra, editada en 2009, que se titula "Tratado" y destina 800 pàginas a cada uno de 5 tomos, dedique sólo media página a la interpretación de la habilitación para los DNU; cuando por su uso y abuso por parte de los regímenes democráticos de los ùltimos 26 años, hasta los ciudadanos más ignaros en asuntos jurìdicos mal que mal algo "manyamos" respecto de la importancia de este asunto.

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  11. lo poco serio es tomarse en serio a Juan V. Sola. Es como tomarse en serio los libros de Dalla Via, generalmente plagados de errores historicos y analisis superficiales.
    lamento que hayas perdido tanto tiempo leyendo su libro y encima tannn largooo (y caro).

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  12. Aunque les parezca raro, el peso neto del "tratado" es tan pequeño que alguien que medianamente sepa derecho constitucional no puede tardar más de tres horas en leerlo, si suponemos que ya ha leído las obras previas de Solá que ahora refrita textualmente, si suponemos que ha leído los fallos que transcribe en extenso.

    No pagué por el libro de Solá, lo saqué de la biblioteca de donde trabajo. O sea, no estoy condicionado por haber incurrido en el gasto. Dicho sea de paso, esto es un llamado a la solidaridad, señores bibliotecarios estatales y universitarios, no gasten 2500 mangos en eso.

    Solá puede no tener el don de escribir, pero a cierta altura del cursos honorum académico (en la que el está desde hace rato) no podemos suponer que eso es una obligación de medios, ya es de resultado. Seamos buenos entre nosotros.

    El libro de Dalla Vía está bien: es un manual y hay que leerlo como tal, no te llama a engaño. La pregunta pertinente es si vos podés aprobar un curso básico con eso, y la respuesta es sí. Pero esa no es la pregunta pertinente para un "Tratado": el problema básico de Solá es su ambición desmesurada. Dicho sea de paso, eso muestra que, como sospechamos, no hay ninguna cadena de control entre el autor y lo que se publica. Alguien en el medio -un revisor de buena fe, el director de la colección en la editorial- tendría que haberle avisado que no da que tu capítulo sobre el caso Kimel sea la transcripción de la sentencia del caso Kimel. Y eso ocurre en la editorial jurídica numero uno del país.

    Che, le estoy dando de comer a los que sospechan que la "academia" jurídica está toda llena de copypasteros. No es así. Creo que en alguna próxima entrada voy a hacer na reseña en perspectiva de muchos libritos relativamente recientes y que van de lo muy solvente a lo brillante.

    Si alguien quiere hacer su propio análisis sobre JVS, algunas cosas de las que pasaron al libro (como la del costo de los derechos, como la del control de constitucionalidad y el analisis de costo beneficio) están en PDF en la sección "publicaciones" de su web.

    http://www.estudiosola.com/

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  13. Me metí en la página y vi el artículo sobre las retenciones. Tiene tantos errores que no sé por donde empezar

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  14. Alejandro Kafka07 febrero, 2010

    Pues por el principio...

    ... después, veremos.

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  15. Che una cosa, casi al margen. El apellido de JVS es sin tilde en la "a".

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  16. Muy MUY buena tu critica.

    Yo soy un novato total en el mundo del derecho, curso este año mi 2do año en la UBA, y me paso leyendo el tratado de Badeni, que percibi que escribia con demasiada generalidad y poca profundidad en temas importantes, contrario a lo que supone debe ser un tratado. Si yo que se practicamente nada de este mundo me puedo dar cuenta, imagino lo que le paso a usted que ya es profesional al leer ese tratado engorroso.

    Asiduo lector de su blog, es excelente. Lo felicito.

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  17. Genial el comentario en general. Voy a abstenerme de acercarme a tan portentoso cúmulo de letras. Por otra parte pongo al autor de la entrada en la impostergable obligación de producir el comentario que promete, y que no se guarde para sí mismo el avance del distinguido manuscrito que se encuentra leyendo (espero no se refiera a una obra de su propia autoría, porque después de su comentario excelente no debería utilizar términos tan aduladores para referirse a su propia obra). Gracias.

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  18. Gustavo, felicitaciones por la recensión. Es de lo más refrescante que he leído en años..., aunque algún sopapo te lo podrías haber guardado, y la referencia a Riquelme y luego a Delpo ya sonó reiterativa. Sólo debo decir que, aunque no había leído (sólo conocía..., de ojearlos) los anteriores libros de Sola, y aunque cultivo el área y conozco muchos casos, no he leído in extenso muchisimos casos que transcribe o extracta en el libro, lo que a vos te llevó 3 horas a mí me llevó unos 10 minutos en la sede de la editorial... No pesqué tantas cosas, pero sí la desorganización del libro y que los casos se agregaban "sin valor agregado", valga la cacofonía. Abrazos y adelante! FMS

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  19. Gustavo:

    Me pareció buenísimo tu comentario. Más allá de las críticas que merezca el autor, me parece algo preocupante el hecho de que una editorial como La Ley ponga a la venta una obra de esa extensión, a la que denomina "tratado", y a ese precio, si la obra es tan pobre como vos señalás —desde ya que confío mucho más en tu juicio que en el de "La Ley"—.

    Dejando en claro que no puedo ser imparcial en esto pues soy editor de libros de derecho, creo que el trabajo del editor consiste en lograr que los autores presenten un buen producto. Y para eso hay que revisar, sugerir correcciones o modificaciones, etcétera.

    La pregunta acerca de si el libro por publicar dará rédito económico al autor y al editor sólo debe hacerse después de haber contestado afirmativamente que la obra será útil o valiosa para el lector.

    Con esto no pretendo decir que sólo debemos publicar genialidades, pero sí trabajos escritos con seriedad.

    Por supuesto que esto requiere mucho más esfuerzo y sobre todo tiempo. De allí que uno nunca está conforme con su trabajo de editor, porque soy un abogado que da clase y que en otros ratos libres hago de editor.

    Bueno, me fui de mambo, abrazo,

    AB

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  20. ¡Salud, Gus! Estoy segura de que comentarios como el tuyo hacen falta para mejorar el nivel de las obras de derecho constitucional que se publican en Argentina. Suscribo especialmente lo que decís sobre los "estándares" exigibles a titulares de cátedra y a editoriales de primer nivel.
    Personalmente, creo que este tratado en particular es resultado de ciertos requerimientos de mercado, tal como fueron interpretados por la editorial, sin atender a consideraciones de índole académica o científica. En otras palabras, creo que así como el cine-industria está matando al cine-arte, el derecho-industria (en este caso editorial) está matando al derecho-ciencia.

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  21. RG, no es un comentario sobre la persona sino sobre la cátedra. Casi un servicio al estudiante: mejor cursen con la otra.

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  22. Buenas:
    Soy parte interesada en el asunto, así que no me voy a explayar mucho. Tan sólo voy a decir que lo que señala Atenea tiene mucho que ver con una surtida serie de publicaciones recientes. Fueron elaboradas siguiendo más un criterio editoral-comercial que uno académico (intentando no descuidarlo, pero sin que sea el objetivo principal). En el caso del Tratado de JVS, por ejemplo, uno de los objetivos era que "resulte de utilidad al abogado litigante". No sé si será de utilidad o no para el litigante, pero ese objetivo condiciona necesariamente el contenido y la extensión que puede dársele a las cuestiones que dejarían completamente satisfecho a un lector que tenga un "paladar negro académico".
    Esto no es una excusa ni una justificación. Sencillamente es una explicación (parcial) de por qué el Tratado es como es.
    Más allá de eso, me pone contento que haya críticas "honestas" (aunque coincido con FMS en que hubo algún sopapo de más).
    Y también me da mucha curiosidad saber cuál es el borrador que estás leyendo!
    Nos podrás decir aunque sea el tema???

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  23. Estimados Atenea y Pac:

    No creo que sea cierto eso de que un libro que "resulte de utilidad al abogado litigante" deba ser una mal libro, o un libro que podría haber sido mucho mejor.

    Creo que uno de los problemas de nuestra producción académica y de las editoriales es que hemos grabado en piedra un dogma erróneo. Me refiero a que pareciera que un libro de calidad teórica y técnicamente serio no resultará util a los abogados litigantes.

    Y yo estoy convencido que ése es el nicho del mercado que las editoriales debemos llenar, esto es, obras conceptualmente sólidas que analicen el desarrollo de las prácticas de la justicia.

    Ese es un campo no explotado. y yo creo que por ahi deberíamos apuntar.

    No sé, son ideas bastante desordenadas. Buenas noche y buena suerte-

    AB

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  24. Arreglé las erratas tipográficas, empezando por Sola sin acento.

    Que se entienda que no estamos pidiendo erudición ni deslumbramiento, sólo el cumplimiento de determinadas reglas del arte que son más o menos universales. Después capaz estoy de acuerdo en mil cosas con Sola.

    Atenea, estoy de acuerdo con vos.

    Cocous, en la obra de la que hablo no tengo ni una pizca de participación, ni vinculación institucional o personal con los que la hacen. Ya la ponderaremos en su momento, yo supongo que sale este año. Genéricamente, digamos, es sobre jurisprudencia y derecho constitucional argentino. Forma parte del pacto de caballeros de confidencialidad no revelar el adelanto si no está hecho el lanzamiento.

    Yo sí tengo una carpeta con una tesina y otros materiales afines que pueden enhebrarse en un librito (espero) no redundante sobre control de constitucionalidad. En un par de meses, o algo más, vamos a salir a buscar editorial (Bovino tiene la opción si quiere) y lectores rigurosos pero amables para el focus group de testeo.

    El próximo post se va a dedicar a un tema similar y será un intento de refutación a algo que escribió alguna vez Carlos Nino.

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  25. Gustavo:
    Hace un tiempo se disccutio en un blog si este era el linares quintana del siglo XXI, creo que por un homenaje al antedicho recopilador.
    En esa ocasion, dijiste que no lo comprabas porque te costaba lo mism que una ventana, y que esperabas que lo compraran tus jefes.
    Como vamos con la ventana? Hay que armar una colecta?
    A partir de ahi lei algunas cosas de este tipo(sueltas de internet) y no me resulto brillante ni mucho menos

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  26. Gracias al estricto ahorro en tratadística y otros rubros suntuarios, se compraron todas las ventanas, incluso ya está lista la obra.

    Construir una casa (incluso una relativamente pequeña, 117 m2) es tooda una experiencia de procesos decisorios que parecen interminables, desde la compra del terreno hasta la elección del herraje del buzón del frente. Si este fuera un blog autobiográfico le hubiera dedicado 40 posts. Me estoy mudando la semana que viene si Dios quiere, así que puede estar un poco deteriorada la continuidad del blog durante la transición.

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  27. Para quiénes siempre, inquietos, buscamos lugares que den pistas de materiales interesantes para consultar, leer y útiles para armar la biblioteca, este tipo de comentarios son realmente buenos. Seguramente en estos días compremos el de Grosman. (sumado, GA, a un post donde comentas 10 libros (creo) para -empezar a- estudiar Derecho Constitucional, bien ahí).

    Digo buenos por que son críticas a tipos "grosos" en el gremio (sería más facíl "pegarle" al artículo de un JTP que al de un titular). Críticas agudas, profundas y con el material que se critica bien leído. Digo críticas al material no a la persona. . . (Libro disto que persona). En ese punto creo que está la frutilla del postre, no es una critica al material con criticas a la persona de modo solapado y de mala fe, bien, muy bien ahí !

    Apenas terminé de leer el post, creo que el sábado, me salió un "y pegue y pegue Arballo pegue" . . . sopapo de más ¿? no sé, pero desde donde se hace la crítica me parece que está bien.

    Esperamos las criticas a esos libros brillantes de los que hablabas.

    Se viene ""Gustavo, Arballo Control de Constitucionalidad -ensayos escogidos-, Editores del Puerto. 2010 (¿u 11?)" -¿?-

    Bien por el "control estricto", sumo mi voto.


    Saludos (ya terminando el día !)

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  28. Arballo:

    Tenemos un contrato, será un placer publicar un "Arballo impreso" desde EDP. Abrazo,

    AB

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  29. Hola Gustavo,
    me gustó mucho el comentario. Es cierto eso que dijeron que siempre los comentarios son flores para el escritor de parte de un amigo o maestro...cuesta encontrar prologos o comentarios críticos...recuerdo uno de G.Carrió al libro de Nino sobre Concurso en el D. Penal, tan critico que obligo a Nino a escribir un excursus final, para aclarar lo que decía su maestro Carrió (que decía más o menos que estaba "todo mal"!). O tambièn un Comentario de Jaime Malamud Goti a la tesis doctoral de Nino en Doctrina Penal, con respuesta de Nino...en otros paises hay criticas contra criticas y nadie se siente intocable o se enoja por eso. Si te gustó el libro de Bernal, yo te recomiendo el libro de Laura Clérico sobre el tema...tiene jurisprudencia local, y me resultó más interesante, no tan descriptivo...igual leer tesis doctorales es un esfuerzo extra!
    Ya que intervino AB (en su carácter de abogado-editor), me gustaría transmitir mi preocupación por el precio de los libros...en muchos casos es un exceso...lamento que no lea mucha literatura porque con un libro de derecho compraría mucha mucha literatura...por que esos precios? porque no ediciones baratas al alcance de los estudiantes? Ojo, los libros de Del Puerto, son muy lindo, lindas tapas, diseño, pero esto no siempre es así...los libros de LL hechos con el papel del diario LL no me gustan...en fin,
    saludos

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  30. Cuand LL se pone a imprimir libros da pena. Coincido con la opinion anterior, la calidad del papel de esos libros es mala. Peor aún la tipografía: microscópica y amontonada, en un tipo de letra bastante hostil. Encima, apenas la tocas con la mano se borronea, se corre.

    En ese sentido, el diario y los tomos cuatrimestrales tienen mejor calidad.

    De gustibus....

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  31. Gustavo, en algún momento dijiste que ibas a escribir algo sobre la pelea eterna entre Cassagne y Mairal y que te hicieramos acordar...

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  32. Muy apreciado Alberto:
    Como vos, no creo que la "utilidad práctica" de un libro (para el litigante o el que sea) vaya en contra de su calidad. Lo que digo es que el mercado tiene una cierta lógica, que muy frecuentemente (aunque no siempre) es distinta de la de la ciencia o la academia. Esta diferencia es especiamente apreciable en los tiempos.
    Por ejemplo, planteo un escenario posible. Una editorial considera que el mercado está "maduro" para una obra sobre libertad de expresión, y encarga a un autor reconocido un libro que abarque todos los aspectos posibles de la materia y que debe salir en dos meses. Pasado ese plazo, dicen los que saben, la demanda será menor y la competencia estará en la calle ofreciendo una obra semejante. Para cumplir con ese término bimestral, el autor --que tiene publicaciones sobre el tema y algún material inédito-- necesariamente debe cortar y pegar. No tiene tiempo para la reflexión o para darle mayor elaboración a su material. Por otra parte, aunque el producto final no sea excelente (ni siquiera original), a él le conviene publicar. Se verá bien en su curriculum y siempre podrá atribuir las objeciones que le hagan a su libro a la envidia ajena. Aunque lo critiquen, aumentará sus antecedentes, que eventuales lectores, alumnos y jurados apreciarán más por su volumen que por su cantidad (desde esta óptica, mas vale publicar cinco libros -digamos- discretos que uno bueno). Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.
    En suma: un sistema editorial que sólo procura el mayor lucro posible lo antes que se pueda y un sistema académico que "pesa" los antecedentes y no los valora (es decir, los mide por su volumen, no por su calidad) dan los resultados que tenemos. Por suerte, siempre hay espacio para honrosas y honestas excepciones. Lo que me mata es la regla. Buenas noches y buena suerte. Con honda: Atenea

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  33. Federico Orlando09 febrero, 2010

    gran post gustavo, queremos mas "críticas críticas".
    abrazo

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  34. Buenas:
    Nuevamente coincido con Atenea. La presión por hacer que la obra salga "antes que la de la comeptencia" es fuerte.
    Por supuesto, eso no quiere decir que el libro tenga que ser malo, en eso estoy de acuerdo con AB. Pero evidentemente si tengo que hacer algo en pocos meses, no voy a poder, por ejemplo, dar cuenta in extento de las discusiones sobre "constitucionalismo y neoconstitucionalismo".
    Por favor, no me malentiendan. Con estoy no estoy diciendo que esté bien publicar cualquier cosa. Tan sólo estoy señalando que a veces las condiciones, el contexto, conspiran contra la posibilidad de hacer algo un poco menos malo.
    Saludos!

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  35. Arballo...no coma adelante de los pobres.... 117mts cuadrados no es tan poco, he vivido en lugares de 28 mts y conozco deptos aun mas chicos, piense que los rusos aseguraban 12 mts por persona en sus momento de mayor esplendor...jajaja
    Abrazo y felicitaciones por finalizar la obra

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  36. Estimado Gustavo y resto:
    Un problema que existe con estas editoriales es que cambian el baremo según quién traiga el libro. Si el libro viene de un Supremo, o de un Cátedro, entra por un tubo y sale por un tubo... y tenemos un resultado como el comentado en este post, y varios resultados analogables de otros cátedros y supremos, que darían para otras críticas-críticas. Si el que trae el libro es pichi o semi pichi, ese sí lo miran... Y, en algunos casos, lo miran y lo desechan, aunque el libro luego gane premios aquí y en el extranjero, porque si el pichi está escribiendo por primera vez, evidentemente no tiene un nombre consolidado...
    Por tanto, este post debe servir (además de como un serio llamado de atención al autor y a otros autores o candidatos a autores...), como un serio-serio tirón de orejas a los book-finders de las editoriales, y a los editores (en sentido americano), es decir, a los que revisan el libro, plantean mejoras, etc. Aquí no se suelen plantear mejoras, aunque algo sea manifiestamente mejorable. Con editoriales de fuera he estado meta mail y mail, sobre cómo se traduce tal o cual palabra, y reunido con ellos hasta dos horas discutiendo sobre traducciones para que refleje tanto lo que escribo, como el idioma adonde va... Mientras tanto, aquí se sacan productos con mucha tapa dura, pero con un "embolleré" que dirían los paraguayos, que hace que no tenga ni ton ni son ni siquiera el orden de los capítulos...
    Abrazos, FMS

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  37. Muy buena critica Gus, realmente, me sumo al coro de congratulaciones. Abrazo,
    R.

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  38. Estimado Gustavo Arballo.
    Le agradezco que haya revisado mi Tratado de Derecho Constitucional. Quiero simplemente aclarar algunas inexactitudes, he citado a los autores mayormente norteamericanos que Ud. no encontró en la obra, particularmente Cass Sunstein de quien me considero un discipulo. Es cierto que no simpatizo con Dworkin pero me agradó y cité entre muchas otras cosas, su metafora de la Constitución como una novela por entregas. Es cierto que no me satisface Jeremy Waldron pero es algo que considero opinable. De Nino y de Alfonso Santiago me considero amigo, y la cita de Nino es extensa sobre el control de constitucinalidad y la lógica de Marshall, Alfonso Santiago es citado ampliamente y con gran afecto sobre la delegación legislativa. También cito a Gargarella. Debo señalar otro error en cuanto a los decretos de necesidad y urgencia que son la verdadera catástrofe de nuestra Constitución, probablemente como se analizan en distintas partes de la obra haya visto una cita de menor importancia. Sin duda se menciona largamente a Verrocchi. Trato de no mencionar la legislación ya que considero que la verdadera fuente de nuestra materia son los precedentes.
    Estoy dispuesto a debatir con Ud. o con quien quiera en mis clases o más tranquilamente en mi oficina del Centro de Derecho y Economía en la Facultad de Derecho de Buenos Aires. No enseño en otras universidades. Estoy también en el email personal juanvsola@yahoo.com.ar
    Sobre los otros comentarios debo aclarar que nunca viví en Adrogué, ni tuve un caniche, ni comi en el Chiquín. Es cierto que soy de a caballo y tengo una pequeña actividad rural como ha sido tradición en mi familia.
    Considero que el análisis económico del derecho es la mas importante contribución teórica al derecho y lamento que algunos abogados digan no entenderla. El esfuerzo vale la pena.
    Leeré sus libros y los comentaré, le ruego me disculpe si no los conozco. Estoy a su disposición como a la de todos mis lectores.
    Cordialmente
    Juan Vicente Sola

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  39. Juan,

    No puedo menos que reconocerte la predisposición de acercarse a la peña.

    Esto solo basta para dar por validada una de las premisas del post, la que se desgrana en las "culposas" aclaraciones: poder hablar (hablarnos) críticamente de lo que hizo alguien sin que se enoje ni piense que es despecho, pase de facturas, animadversión personal.

    Podría decir otras cosas más a propósito de tu comentario, pero me parece ya ocioso enredar el debate en un cruce pendular de réplicas y contraréplicas sobre particularidades de una obra particular.

    Elijo de momento un tema de fondo. Te reconozco, como dije, la idea en la que más o menos has sido pionero aquí, de traer el análisis económico al derecho. También pienso que hay muchísimo que trabajar para que podamos comprender cómo funciona la herramienta, para qué sirve, quién la usa, saber darse cuenta en qué casos no se puede usar.

    En fin, la gracia del post era romper con una especie de tabú y con una burbuja de autocomplacencia en la que nos estamos acunando desde hace peligrosamente mucho tiempo. Y la idea era hermanarlo con el que siguió después, que por si alguien no lo leyó, es este que empieza con una larga cita de "Un país al margen de la ley", sobre las reglas de calidad en la producción académica.

    Nota aclaratoria de la casa, 1. Los comentarios están ahora sujetos a moderación en posts "viejos" (más de 10 días de publicados) para evitar ataques de publicidad no deseada ingresada por bots.

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  40. Estimado Gustavo.
    A no claudicar por las causas nobles, se llaman los que marcan la diferencia entre el pensamiento y la macaneria. Toda nuestra historia ARGENTINA nos han querido marear con el chamullo, sin embargo la resistencia cultural de los pueblos de imagen libre destrozan las cadenas con los dientes y le dicen a la cara que no nos tomen por imbeciles ni por distraidos. En guardia y mirando para arriba lo acompaño como un guerrero dispuesto a morir por las palabras.
    Sepa que lo acompañamos miles.
    Horacio

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