Las personas que están torturando en el video obviamente están identificadas y detenidas, serán eventualmente juzgadas. Va a ser interesante ver si los abogados que los defiendan plantean la nulidad del video apelando a las garantías constitucionales (no prosperará). Luego serán condenadas, habrá responsabilidad disciplinaria, algunos descabezamientos en la línea de mandos.
Aún cuando todo eso pase, y conste que estamos siendo optimistas, la tortura en comisarías y en cárceles forma parte de una realidad demasiado extendida. Enquistada y blindada en la institucionalidad paralela, se podrán aplicar penas ejemplificadoras, se podrán impartir "directivas firmes", y todo decantará en la derivación del asunto al Poder Judicial en formato de denuncias por apremios ilegales o en formato de hábeas corpus colectivos.
Pero se trata de un problema sistémico, que no puede atacarse eficazmente en formatos que proceden de modo incidental y por acumulación de singularidades.
Por dar solo un ejemplo de alta relevancia procesal: vean en el video cómo la Policía ha aprendido a torturar para que si el torturado denuncia no se le puedan "constatar lesiones" ni se puedan secuestrar picanas o artilugios de tormento: aplicando soluciones de baja tecnología, hacen un submarino seco con bolsas de nylon y aplican baldazo de agua fría a un sujeto semidesnudo.
Y por otro lado, el video también revela la "naturalización" de la tortura: se lo hace a cielo abierto y frente a una docena de personas, prácticamente en acto público.
Problemas sistémicos requieren soluciones de igual naturaleza. Vías para avanzar hay muchas, pero veamos una, que está a mitad de camino. En septiembre de 2011 la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto para establecer un Sistema Nacional de Prevención de la Tortura. El proyecto fue presentado por Donda Pérez, Vargas Aignasse, Carca, Marconato, Storani, Viale, Carlotto y Cusinato, y pueden verlo aquí (PDF).
El pilar del sistema es el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, que funciona en el ámbito del Congreso de la Nación sin recibir instrucciones de autoridad algunas. Estaría formado por 9 miembros: seis elegidos por el Congreso previa audiencia pública, dos representantes del Consejo Federal de Mecanismos Locales para la Prevención de la Tortura y el procurador penitenciario de la Nación como miembro nato.
El Comité tendrá facultades para hacer visitas, reportes, recopilar y sistematizar información sobre casos y denuncias y (en lo que implica una tácita delegación legislativa) para establecer estándares y criterios sobre inspección y visita de establecimientos de detención, condiciones de detención, empleo de la fuerza, requisa y medidas de sujeción, régimen disciplinario; designación de funcionarios, documentación e investigación de casos de tortura o malos tratos y fortalecimiento de los controles judiciales. Además, el Comité debe elaborar un informe anual público al Congreso.
No es una mera entidad de potestades consultivas abstractas , no es un ente de inserción institucional indefinida. Es una autoridad del Estado que tiene amplias facultades de actuación autónoma en todo lo que concierne a sus potestades.
Casi un año después de su aprobación por Diputados, ese proyecto no ha tenido sanción en el Senado, pero aún tiene estado parlamentario.
Gustavo, muy bueno. El ejemplo de LA post Rodney King es un modelo a seguir. El mismo se baso en un sistema de alerta temprana sobre inconducta policial, reglas claras del uso de la fuerza y mayor involucramiento de la comunidad. Hace algo así como dos años estuvo acá quien mas estudio el caso, el Profesor Christopher Stone de Harvard. Aqui dejo dicho estudio : http://www.lapdonline.org/assets/pdf/Harvard-LAPD%20Study.pdf
ResponderBorrarSi esto es lo que les hacen a cielo abierto y frente a potenciales testigos, sacá la cuenta de lo que les harán cuando los agarran solos y adentro de una celda de castigo.
ResponderBorrarMartín, no incluí en el post otro tema que está fuera del horizonte de factibilidad de corto plazo pero que hay que tomar muy seriamente en cuenta: la separación de las funciones de prevención e investigación de la policía (y la asignación de esta última a una policía dependiente del poder judicial).
ResponderBorrarCierto , es un debate pendiente. Los proyectos actuales de policías judiciales ( como el de la CABA , ya en funcionamiento o los provinciales como del la PBA, a aprobarse) tienen el defecto de superponer tareas con las ya existentes policías de investigaciones respectivas (de hecho en la PBA el nombre oficial es "Policía de Investigaciones en Función Judicial"). Creo que recursos no nos sobran y el consejo de seguridad debería expedirse sobre un modelo único de policía de investigaciones a nivel nacional.
BorrarAdemas pendiente esta también que la PFA asuma su verdadero rol federal, que entre otras cosas contempla el control de las policías provinciales ( ver reciente intervención del FBI a la Policia de Puerto Rico)
Si, pero no lo veo tan lejano ( de hecho en la PBA investigaciones se despliegua en base a los dptos judiciales, no asi la policia de seguridad). Lo que si veo es la superposicion de las policias judiciales que se estan creando con las policias de investigaciones respectivas.
BorrarAdemas, y este es otro tema a abordar, es el rol federal que le cabe a la PFA incluyendo el control de policias provionciales (ver reciente intervencion del FBI a policia de Puerto Rico)
Muy interesante , hoy comentabamos aquella denuncia que hizo el actual Sec. de DDHH Ruben Funes, respecto a que se colgaba chicos de los pies en Comisarias de Santa Rosa cuando el Ministro de Gobierno era JC Tierno.
ResponderBorrarDe acuerdo cn la separación de las funciones policiales de prevención de las de investigación. Pero en desacuerdo con que las funciones policiales de investigación dependen del poder judicial (donde hay jueces con vicios parecidos a los de la policia actual y jueces "seudo garantistas" que no sirven para investigar). La nueva policia de investigación debe depender del ministerio público. Y que los jueces se dediquen exclusivamente a dirigir el proceso judicial (asegurando allí el cumplimiento de las garantias de los acusados)
ResponderBorrarsobre el tema tortura también escribieron en este espacio hace unos meses, lo aporto porque me pareció intersante
ResponderBorrarhttp://sinjurisdiccion.blogspot.com.ar/2012_06_01_archive.html