Clarín sin cautelares, y at all deliberate speed


Bueno: muchísima tela para cortar a partir de este interlocutorio que a primera vista parece inofensivo y una cosa que concierne al Gobierno y a Clarín.


Lo que la Corte dice es menos importante que cómo lo dice.

Primer asunto: rechazo de la extensión de la cautelar que habia pedido el Grupo Clarín recurriendo ante la Corte por denegación de justicia (ante la falta en pronunciarse de la Cámara).

La lectura interesada que hace el Grupo Clarín del fallo es correcta: en un punto importante la Corte le dio la razón: declaró que existía denegación de justicia. Pero no por lo que Clarín quería que la Corte dijese (que implicaba pasar más tiempo en el freezer de la cautelar) sino porque, precisamente, no había sentencia de fondo.

Entonces, la Corte simplemente lo pudo rechazar in limine, pero este es un limine con esteroides, en el que la Corte sale del pantano pisando el acelerador. Veamos cómo

Fuente: Lydia Puente

Habilitación abierta de días y horas y otras señales de vivo interés

Primera valoración: la Corte no está haciendo una declamación abstracta de velocidad, que es de las cosas que se hacen por oficio. Se ordena, se notifica la sentencia, al dia siguiente alguien prepara el oficio, lo firman, lo mandan, llega al tribunal en cuestión, etc: todo dura tres días. Lo que hace es llamar a que comparezcan ante ello los presidentes de la Cámara Civil y de la Cámar Contencioso Administrativa (que deberá aportar miembros para suplir a los recusados y renunciados), y, más importante que ello, al juez del Juzgado de Primera Instancia para decirles "in voce" lo importante y lo urgente que es esto. Es algo inusualísimo (y que celebramos).
Otro detalle: hay "habilitación de días y horas",
que fueran menester para el cumplimiento de todos estos actos, incluyendo el dictado de la sentencia definitiva.

Esto significa que en un acto performativo del lenguaje la Corte acaba de declarar que a partir de ahora todos los plazos se cuentan sin computar feriados ni feria judicial. Puede haber, válidamente, sentencia el 1º de enero. Esto implica que la responsabilidad del juez tiene también una cuenta regresiva ya corriendo, en el momento en que estás leyendo esto.

También amenaza con sanciones a las partes que saquen chicanas de la galera y dice que lo que esté o vaya a estar pendiente en Cámara se resuelva con fotocopias para que el juez de primera instancia tenga a su disposición el expediente para resolver.

Conclusión: el fallo de la Corte clausura todas las retiradas tácticas como las que denunciaba Angel Cappa en aquella recorda fecha final. Habrá pelotas.


Digresión: por qué esto mucho más  importante que Clarín.

La doctrina de este modesto interlocutorio no se lee del siguiente modo: "Siendo la presente causa de trascendencia institucional, conviene urgir a los jueces intervinientes para que etc.". O bien "Atento a las específicas particularidades de esta causa, procede que etc."

Dice de un modo A-universal que el derecho a tener sentencia civil en tiempo razonable es un derecho de todo ciudadano y no establece restricciones a priori.

De esta forma, la Corte hace una expansión explosiva del concepto de "denegación de justicia" con importantes potenciales (subrayamos: potenciales) consecuencias para todo el ecosistema jurídico. En particular, habilita a que existan presentaciones directas ante ella misma (y ante los tribunales inferiores) en literalmente cualquier  caso -con o sin cautelares, nótese que el criterio no depende de ello- que tenga antigüedad veterana en el trámite. Nótese por ejemplo que la ampliación del término "denegación de justicia" también se proyecta a posibles determinaciones de responsabilidad en juicios de destitución: un juez moroso queda a tiro de jury en cualquier punto del país.

La única barrera es la flexible vara del "plazo razonable", que por muy flexible que sea en algún momento cede en su elasticidad. ¿Quince años puede entrar en el casillero de "plazo razonable"?. Y hay todavía muchos juicios a los que le han festejado el cumple de 15.


Mi pronóstico sobre el fallo de fondo

Éxitos parciales para Clarín dentro de un contexto de clara validación general de la LSCA y mucha afirmación del tipo "en relación al agravio x el actor podrá ejercer y alegar lo que en derecho corresponda en el marco del trámite administrativo sujeto a posterior revisión judicial".


El título de este post

Es frase de uno de los mejores peores fallos de todos los tiempos. Posiblemente el mejor peor fallo de todos los tiempos.