Teletón Código Penal, 11: Las penas "alternativas"


El Proyecto de Código Penal sobre el que venimos escribiendo permite a los jueces que en ciertas condiciones la pena de prisión se sustituya por penas alternativas reguladas en los arts. 22 a 28 PCP. Se trata tal vez de la innovación más importante y la que mejor debe ser comprendida.

El elenco de penas alternativas -llamado, como veremos- a sustituir a las actuales "condena de ejecución condicional" y "libertad condicional"- es el siguiente

  • detención domiciliaria,  
  • detención de fin de semana, 
  • obligación de residencia (vivir en un lugar determinado),
  • prohibición de residencia y tránsito (órdenes de restricción),  
  • prestación de trabajos a la comunidad, 
  • cumplimiento de las instrucciones judiciales (reglas de conducta para el condenado)
  • multa reparatoria (un porcentaje mensual que paga el condenado a la victima o su familia, que no puede superar la tercera parte de sus ingresos, por un período no mayor de un año, o una suma total equivalente que ulteriormente se puede descontar de la reparación civil que proceda).  

Más adelante se prevé también la conocida detención domiciliaria por razones humanitarias (art. 33 PCP).


Los beneficiarios de las sustituciones

Hasta tres años de condena el juez está autorizado a arbitrar las sustituciones de pena al condenado desde el momento inicial, en lo que sería el equivalente funcional de la actual “condena en suspenso”.

Si la condena es de tres a diez años la sustitución sólo puede ser concedida cuando se haya cumplido la mitad de la pena y si es mayor de diez años se podrá reemplazar después de cumplidos los dos tercios de su duración: esto sería el equivalente funcional de la actual “libertad condicional”, que opera sólo con reglas de conducta más nominales que controladas.

Estas penas sustitutivas se pueden aplicar en forma conjunta o separada, y podrán ser modificadas durante la ejecución.  El reemplazo se cancelará y se cumplirá el resto de la pena en prisión, cuando el penado cometiere un nuevo delito conminado con prisión.

Durante todo el tiempo de sustitución el condenado estará entonces cumpliendo penas, con diferentes grados de restricción de su libertad, y el camino es de ida y vuelta: incluso sin que llegue a cometer un nuevo delito, el incumplimiento reiterado de reglas de conducta podría suponer su vuelta a la prisión. Para el penado, no hay derechos adquiridos a las sustituciones obtenidas.

Esto requiere una atención caso por caso, y obliga a poner en valor el fuero de ejecución penal, que mayormente está limitado a una función de contar los días que faltan. 

Y de un modo u otro, las penas se deben cumplir hasta el final del período dado en la sentencia.


Estructura y funciones

La ampliación del elenco de penas supone una importante transformación de la estructuras judiciales, que suelen burocratizar (a favor y en contra del imputado) los proceso de las condenas condicionales y sus libertades condicionales, limitándose a hacer firmas de oficios varios. Si se va a operar en penas alternativas con esa lógica el resultado no va a ser bueno, y todo el sistema correrá detrás del último suceso de sangre relacionado con las alternativas. Por ello espigamos aquí tres puntos dedicados a este asunto en la Exposición de Motivos:


  • La ejecución de las penas alternativas requiere de un cuerpo de personal especializado dedicado a su ejecución, que es sustancialmente diferente del encargado de la ejecución de la pena de prisión. 
  • Si bien esto implica un costo presupuestario, no debe perderse de vista que en definitiva representa un considerable ahorro, pues el crecimiento permanente del número de presos, además de acarrear violaciones a derechos humanos, importa un alto costo, dado que la pena más cara para el estado es la de prisión. 
  • Por supuesto que no sólo basta con el personal idóneo, sino que deberá convocarse a los jueces, ministerios públicos, defensores oficiales, abogados en general y, sobre todo, periodistas, para concientizarlos acerca de la naturaleza de estas penas, de su ejecución y de sus objetivos. 


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Hemos hecho una práctica edición Word del Proyecto interpolado con su Exposición de Motivos, disponible desde este enlace.