Dixon: cómo comparar constituciones

Rosalind DIXON - Cómo comparar constitucionalmente (2019)

Latin American Law Review n.º 03. Se puede ver acá.

§ 1. DE QUÉ SE TRATA. Este artículo ofrece una tipología de las formas en que se realiza la comparación constitucional, incluyendo las orientaciones hacia la transferencia, las genéticas, las deliberativas, las empíricas, las reflexivas, y las comparaciones cosmopolitas morales, y cómo cada una implica un enfoque distinto con relevancia variable según la teoría constitucional que se adopte.


§ 2. QUÉ DICE. Dixon argumenta que todas estas formas de comparación tienen valor y relevancia destacando la importancia de las comparaciones empíricas o sociojurídicas que prestan atención al contexto constitucional y aportes de otras disciplinas. Propone principios básicos para la selección de casos que guíen este tipo de comparaciones y aboga por un enfoque realista que reconozca las fortalezas de estudiar diversos sistemas constitucionales.

§ 3. UN FRAGMENTO. "La manera en que comparamos puede afectar la decisión de hacer o no comparaciones. Por ejemplo, algunas formas de comparación se adaptan bien a los procesos de diseño constitucional y otras a las de interpretación constitucional; unas son adecuadas para modos originalistas de interpretación constitucional, mientras que otras solo tienen sentido en el contexto de aproximaciones más funcionalistas y pragmáticas. Y la manera en que se compare puede afectar la fiabilidad y el valor de las ideas producto de la comparación: cuando se está demasiado abierto a comparar se corre el riesgo de no prestar la suficiente atención a importantes complejidades metodológicas."



§ 4. CAVEATS. Esa idea es relevante para no comparar de cualquier modo, y no saltar a conclusiones rápidas. Oímos con frecuencia: no se pueden comparar peras con manzanas. Si se pueden comparar, ambas son frutos, tienen procesos muy parecidos, no es comparar peras con pelotas de voley. Comparar textos, ideas, casos, es un permanente vaivén entre "esto ya se ha visto" y el "es más complejo". Nadie se baña dos veces en el mismo río.

§ 5. DERIVACIONES Y APLICACIONES. Este enfoque sobre la comparación constitucional tiene el potencial de enriquecer los debates sobre reformas constitucionales y el diseño institucional, además de servir como guía para académicos y juristas que buscan aplicar la comparación constitucional en su trabajo.

§ 6. LA AUTORA, Rosalind Dixon es profesora de Derecho en la University of New South Wales, especializada en derecho constitucional comparado, teoría constitucional y derechos humanos. Es la autora de "Responsive Judicial Review", el libro reciente que más nos gustó y que en algun momento reseñaremos.