Mejía Restrepo y Pabón Giraldo sobre los tribunales constitucionales en Sudamérica

MEJÍA RESTREPO y PABÓN GIRALDO - ¿Quién juzga? Una aproximación al diseño de los tribunales de decisión constitucional en Suramérica (2024)

Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia, enero-abril de 2024, pp. 91-119. Se puede ver acá.

§ 1. DE QUÉ SE TRATA. El artículo examina el diseño institucional de los tribunales constitucionales en Sudamérica, enfatizando la importancia de niveles adecuados de independencia y responsabilidad ante los auditorios. A través de un análisis comparativo, se detallan las estructuras de estos tribunales y se sugieren lineamientos para su diseño y reforma, con el objetivo de optimizar su funcionamiento.

§ 2. QUÉ DICE. Los autores concluyen que es crucial un diseño institucional que equilibre la independencia judicial con la rendición de cuentas. Argumentan que los modelos actuales en Suramérica presentan variabilidad en cuanto a composición, selección y funciones de los tribunales, lo que sugiere áreas para reformas potenciales. Destacan la diversidad de enfoques en la región, cada uno con sus fortalezas y debilidades, enfatizando la necesidad de adaptar las reformas a las particularidades nacionales.



§ 3. UN FRAGMENTO. "El número de jueces que conforman los tribunales de decisión constitucional en Suramérica varía entre tres y once, con fórmulas homogéneas de diseño impar, a excepción de Chile, que optó por componer con diez ministros el Tribunal Constitucional. Paraguay registra la menor cantidad de integrantes, con tres, vinculados a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Argentina y Uruguay cuentan con cinco en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Suprema Corte de Justicia respectivamente. Por su parte, el Supremo Tribunal Federal de Brasil tiene once jueces, siendo el órgano con mayor cantidad de funcionarios. Siete son los magistrados que pertenecen a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, al Tribunal Constitucional de Perú y al Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, en tanto que nueve jueces se dispusieron para las Cortes constitucionales de Ecuador y Colombia". 

"Pero más allá de la composición numérica, es importante analizar la fuente normativa que determina esta cantidad: mientras que en algunos países se establece desde la Constitución (Brasil, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay), en otros esta determinación se delega en el legislador (Argentina, Bolivia, Colombia y Venezuela). Esta diferencia es relevante, toda vez que será más sencillo para el ejecutivo aumentar la cantidad de integrantes si el origen de esta es legal en lugar de constitucional".

§ 4. CAVEATS. El artículo podría profundizar en el impacto real de los diseños propuestos sobre la efectividad de los tribunales en la protección de los derechos constitucionales. Además, sería enriquecedor incorporar un análisis comparativo con sistemas de otras regiones para contextualizar aún más sus recomendaciones.

§ 5. DERIVACIONES Y APLICACIONES. Este estudio podría inspirar reformas constitucionales en Suramérica y otras regiones, promoviendo sistemas judiciales más robustos y equilibrados. Además, sus conclusiones son aplicables al análisis de la independencia judicial en el contexto de la globalización del derecho y los desafíos democráticos contemporáneos.

§ 6. LOS AUTORES. Andrés Fernando Mejía Restrepo y Liliana Damaris Pabón Giraldo son académicos colombianos con especialización en derecho procesal y constitucional. Mejía Restrepo es abogado con estudios en administración y derecho procesal, candidato a doctor y docente investigador en Colombia. Pabón Giraldo es abogada, magíster y doctora en Derecho, líder de investigaciones en derecho procesal y jefa de maestrías en Derecho en la Universidad de Medellín. Su trabajo conjunto aporta una perspectiva crítica sobre el diseño de tribunales constitucionales, reflejando su compromiso con la mejora del sistema judicial en Suramérica.