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Algo sobre teorías y prácticas del derecho

jueves, junio 03, 2010

Provincia 25, no mide

El proyecto de ley propone crear el "Distrito Exterior", integrado por todos los argentinos que residen de forma permanente fuera del territorio de la Republica, que será representado por cinco Diputados Nacionales. (Actualmente son 257, pasaríamos a tener 262).

Al efecto se definén dos secciones electorales: "América", con 3 diputados, y "Europa, Asia, Oceanía y África", que dan en conjunto 2 diputados nacionales para el resto del mundo.

Como se ve, el Distrito Exterior no tendría representación en el Senado. En ese sentido es claro que no podría tenerlo, porque este se compone (art. 54 C.N.) "de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires".

Pero aún en su versión "sólo diputados" esta representación propuesta es inconstitucional.

El art. 45 C.N. dice que "la Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado". Esta enumeración es taxativa y en el articulado posterior se enumeran los escaños asignados a cada una de las provincias existentes al momento de sancionar la Constitución: su interés es meramente histórico pero relevante porque de él se infiere la conexión de territorialidad específica. Un dato confirmatorio adicional aparece en el 51 C.N., que dice que en caso de vacante "el gobierno de provincia, o de la Capital, hace proceder a elección legal de un nuevo miembro" (que es por cierto un artículo olímpicamente ignorado en la práctica electoral, que es la de elegir miembros "suplentes" que asumen cuando se forman las vacantes).

Ergo, no puede haber ningún diputado nacional que no esté representando al pueblo de alguna provincia, o bien al de la CABA / Capital Federal.

Dicho sea de paso, el desglose propuesto en el proyecto (distrito con dos secciones) también viola la exigencia constitucional de que cada unidad federal designe electores "en distrito único". Así, no podría haber un "diputado nacional por la tercera sección electoral bonaerense".

Conclusión: este puede ser un discutible proyecto de reforma constitucional, pero no de ley del Congreso.

Detalle de DIP: en los fundamentos del proyecto se menciona la Convención de la ONU sobre la Protección de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Esta Convención garantiza a los trabajadores migratorios y sus familiares el derecho a participar en los asuntos públicos de su Estado de origen y a votar y ser elegidos en elecciones celebradas en ese mismo Estado, pero de conformidad a su legislación. Pero eso es todo y se cumple porque la ley 24.007, reglamentada por el Decr. 1138/93 , establece un sistema de votación para electores residentes en el exterior, y porque cualquier argentino residente en el exterior puede ser electo diputado por la provincia de la que es natural. Visto al revés, el Tratado no obliga a los Estados a crear un distrito exterior a esos efectos, ni se infiere de él que los Estados que no lo tengan incurran en un incumplimiento.

Detalle de contexto, también problemático: si cinco es el número como dice el proyecto, tal vez veamos que en la práctica el distrito exterior termina eligiendo un diputado cada 10.000 habitantes. El que vota en Praga tiene ese handicap, mientras que el que vota en Quilmes, o todos los bonaerenses en general, tendrían un diputado cada 215.000 habitantes, violando groseramente la relación de algo que debiera ser proporcional (y agravando exponencialmente el problema de la Ley Bignone, que tratamos alguna vez acá).

Tip: via mail de CC, post de Escriba glosando una nota de Tiempo Argentino.

14 comentarios:

  1. Se complica ¿no?
    Bue, en el período presidencial que viene podría haber una reformita de la Constitución, jaj.
    Abrazo

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  2. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  3. Sólo para aclarar que el CC del mail soy y no la Coalición Cívica, je (qué iniciales que tengo, mamita).

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  4. Es notable que se piense en esto cuando aún existe la Ley Bignone que viola el derecho de representación de los habitantes de la provincia de Buenos Aires (justamente donde está el conurbano con la mayor concentración de pobres) mientras la ciudad de Buenos Aires, el distrito más rico, o las provincias con recursos hidrocarburíferos o mineros están sobre-representados. ¿El voto de un pobre vale menos?

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  5. Muy bueno y bien documentado!
    Me pregunto si entre tantos "doctores", alguno de nuestros legisladores ha estudiado realmente para ganarse el título, o si se los han ganado en alguna rifa...

    Saludos!
    PLPLE

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  6. Estos tipos hacen que no podamos perder nuestra capacidad de asombrp.

    ¿El/los autores estaban pasados de keta, son insanos, o qué oscuros designios persiguen...?

    Saludos,

    AB

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  7. Tenemos un problema de distribución de habitantes en el territorio de nuestra nación. No puede ser que la Provincia de Buenos Aires tenga tantos habitantes (sobre todo en el conurbano) y las restantes provincias tan pocos. Se lo debemos a Perón y las polítcas de exclusión llevadas a cabo hacia aquí).
    Deberían existir políticas para evitar que siga la migración interna de ciudadanos hacia el conurbano, así como para relocalizar -a través de incentivos, trabajo, vivienda-, a los pobladores del bajo conurbano, tanto para mejorar su calidad de vida como para lograr poblar las provincias. Esta debería ser una prioridad en políticas públicas.
    Gabriel

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  8. Coincido en que el proyecto es un disparate, pero tengo 2 observaciones q hacer:

    a) Sorprende q la mayoria de los firmantes sean oficialistas. Acaso no se dieron cuenta que la mayoria de los argentinos q viven en el exterior son antikirchneristaS? (si, habra q revisar el supuesto de los maximizadores racionales)

    b) En su momento, los territorios nacionales elegían diputados (menos que las provincias), pero no senadores. Eso tb era incosntitucional? o la diferencia se explica porq los territorios constituian una unidad administrativa, mientras q las provincias no?

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  9. Una manera de permitir votar a los residentes en el exterior sería habilitarlos para integrar padrones por provincia en el exterior, donde figurarían de acuerdo con el último domicilio en Argentina.
    Obviamente que votar con el sistema de boletas múltiples, como rige actualmente, es imposible.
    Pero con un sistema de boleta única como se propuso oportunamente, es perfectamente viable. Solo se necesitaría: una presidencial, unas 8 senatoriales (para aquellas provincias que deben elegir senadores) y 24 (una por provincia) para diputados.

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  10. De esta nota de Clarín del año pasado resulta que solo hay unas 46 mil personas que se preocuparon por hacer el tramite para figurar en el padrón del exterior.

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  11. Lo que no endiendo es por què en caso de trasladarse la capital federal, la nueva capital tendrìa diputados que la representen.???

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  12. Por la misma razón que la capital tenía diputados antes de que "ganase" su autonomía en el 94, porque al existir allí pobladores, ellos tienen derecho a elegir a sus diputados.

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  13. como dije en el blog del escriba, creo que a un nacido en argentina que tributa impuestos en el extranjero no solo no le armaria ningun circo para que tenga representacion propia (diputado externo) sino que lo sacaria del padron de aqui, como para que no vote en su provincia si viaja para ello.

    El anverso de "No hay tributo sin representacion" debiera ser "No hay representacion si no hay tributo".

    Sino estamos regalando la ciudadania. Porque tengo que compartir la eleccion de autoridad con un tipo que no va a compartir los gastos de esa eleccion, ni los costos de los errores.

    Que diferencia hay entre dejar votar a un nacido en argentina que hace 20 anos reside y tributa en Alemania, con otro Aleman? (porque descarto que tras 20 anos es ciudadano aleman).

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  14. Gustavo porque tanto miedo a hablar de el caso Herrera de Noble? (no lo digo por vos especialmente). A mi me parece que la cuestión jurídica es mucho mas clara de lo que parece. Saludos

    Estebam

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