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martes, noviembre 18, 2014

Reflexiones a propósito de la ley veintisiete mil


Se publicó ayer en el Boletín Oficial el Acuerdo de Sede entre Argentina y la Comision Trinacional de la cuenca del Rio Pilcomayo. Ley Nacional que normalmente no recibiría mayor atención, si no fuera por cierto fetichismo adherido al sistema decimal: los números redondos.

Con ella llegamos a la ley nacional número 27.000. De la siguiente manera


Eje x: año, Eje y, número de ley.

Para captar las transiciones que cayeron en "democracia", recapitulamos lo del gráfico de arriba: la 26.000 se había publicado en enero de 2005. Antes: la 25.000 en julio de 1998, la ley 24.000 en octubre de 1991, y la 23.000 en diciembre de 1983.

De la ley 23.000 (1983) a la 24.000 (91) pasaron 2.878 días. De ahí a la 25.000 (98), 2.463 días. En décadas anteriores el odómetro circulaba aun más rápido (por eso la pendiente se ve más empinada).

El lapso intermillar más extenso fue este último: de la 26k a la 27k pasaron 3.605 dias, mostrando una pequeña pero advertible ralentización del ritmo legislativo, fenómeno que podemos ver graficado acá:




Millares en contexto

Lo que muestran los datos, contra la "sensación térmica", es que la producción legislativa "númerica" es menor a la de décadas anteriores.  La "ralentización" debe relativizarse: la producción legislativa "strictu" (leyes) no es igual a normativa "lato sensu" (esto es: incluyendo decretos, resoluciones, etc., que tienen naturaleza regulatoria) que abarca un espectro mucho mayor.

Si consideramos entonces estas últimas, veremos que la urdimbre de lo normado se ha dilatado (tenemos "más derecho"), y esto no debe sorprendernos, porque por razones estructurales, la producción normativa "lato sensu" crece y se acelera siempre, a medida que las sociedades se complejizan, y hay mas cosas que regular.


Esperando la ley 30.000

De acuerdo a mis proyecciones, la ley 28.000 se sancionará en 2024, la 29.000 en 2034, y la número 30.000, el 19 de junio de 2044.

He dejado programado un post que se publicará ese día. Yo tendría 68 años, quien sabe donde estaremos todos, y por supuesto este blog difícilmente esté en activo, pero impiadosamente, como una cápsula del tiempo de exhumación preseteada, eso saldrá a la luz. Asumiendo que exista blogger, claro.

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P.D: Hace tiempo hicimos una entrada más extensa sobre las leyes post-1983, de donde extractamos este otro gráfico, con la desagregación por año (las leyes están en azul).


2 comentarios:

  1. ¿Cuántas leyes vigentes quedan de las 27 mil? ¿Se hizo una depuración alguna vez para saber la respuesta?

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  2. Ese trabajo se hizo con el Digesto Jurídico que se voto este año. El dato no es relevante porque el número de leyes formalmente vigentes puede ser también engañoso para demostrar la densidad normativa. Algunas leyes tienen dos o tres artículos, otras, como el Código Civil, miles. Cuando hay leyes modificatorias, tengo el curioso caso de que están vigentes tanto la original (en la parte no modificada) como la reformadora (en el cambio específico). El Digesto tiene otros problemas, a los que les dedicamos un post. Por ultimo, siempre que hablamos de productividad del Congreso por numero de leyes, hemos aclarado que el número era engañoso allí también, porque se pueden sancionar un montón de leyes como estos acuerdos de sede, o la declaracion de la capital nacional de la birome mordida en la punta. Digamos, con todo, que puede funcionar como un lejano proxy.

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