Revisión de las estadísticas de la Corte 2012-2014

La semana pasada la Corte difundió a través del CIJ (link) unas espartanas tablas estadísticas sobre los fallos del último trienio, información interesante pero difícil de decodificar sin contexto, y que constituye la materia bruta de este post. Empezamos hoy y mañana haremos una continuación que -con datos propios- buscará poner la lupa en como evolucionó la Corte con las inadmisiones y los planteos de arbitrariedad.


Números generales

Lo primero que vemos es una cierta estabilidad en el flujo de salida de la Corte en numero de sentencias, y un incremento en el número de sentencias "elaboradas".




| Click en cada rubro para ver datos


El dato más sorprendente es que el número de sentencia elaborada de la Corte es un número bajo, manejable. A pesar del nominal de veinte mil expedientes resueltos (por inadmisiones, o por remisiones a otros fallos en familias de causas), las sentencias que son materia de elaboración y de estudio fueron 240 el año pasado (y fueron aún menos en los años anteriores).

Dato importante: finalmente, y en ese sentido estricto de la palabra "sentencia", hemos llegado a esa "Corte de 200 sentencias" que tantos pronosticaban, temían, anhelaban.

Desde un punto de vista institucional, la implicancia de ello es que es factible que un tribunal pueda administrar este flujo de salida de sentencias como una Corte "única" (no dividida en salas, posibilidad que en su momento consideramos y rechazamos por tres motivos).

Desde el punto de vista del operador, esto implica que no es muy costoso mantenerse al día, porque de acuerdo a la rama que se ejerza no hay mucho más que 30 lecturas relevantes por año. Para demostrarlo hacemos una aproximación a ello a partir de las Secretarías (enseguida explicamos en detalle como funcionan las estructuras de la Corte) y llegamos al siguiente gráfico (como en el anterior, click en cada burbuja para ver datos del rubro).





En algunas materias, en algunos años, los números son sorprendentemente bajos, lo que da pie para que nos preguntemos si en lugar del discurso de una corte "sobrepasada", sino de una corte con "capacidad ociosa".


Mirada de Rayos X sobre las Secretarías de la Corte


Las planillas difundidas por la Corte incluyen un desglose por Secertarías. Para explicar qué significa este desglose hay que recordar que en el tribunal hay dos estructuras que operan en paralelo.

Una es la de las "secretarías" que formalmente tienen un número correlativo (con el que son identificadas en el organigrama, y también en el informe) pero esencialmente intervienen sólo en casos de ciertas materias predefinidas (con las que las identificaremos aquí).

La otra estructura es la de las "vocalías", funcionarios que trabajan específicamente para cada ministro, estudian el caso y elaboran borradores o hacen aportes a borradores que vienen de las secretarías o de otras vocalías.

Repasamos la distribución de materias en secretarías siguiendo un clásico texto de Sabelli ("Cómo trabaja la Corte", JA 2007-I-1163)

La Secretaría 1 organiza el trámite de los expedientes que presentan temáticas de derecho comercial, honorarios, patentes, marcas y cuestiones de competencia (excepto las penales). La Secretaría 2 tiene a su cargo los temas de Derecho Civil, Derecho Previsional, asuntos relacionados con la libertad de expresión y sanciones disciplinarias a abogados. La Secretaría 3, los de Derecho Penal, las cuestiones de competencia penal y los juicios originarios en materia penal. La Secretaría 4, los de Derecho Administrativo y cuestiones electorales. La Secretaría 6, los de Derecho Laboral y de derechos humanos. La Secretaría 7, los de Derecho Tributario, Derecho Bancario y Derecho Aduanero. La Secretaría 5 es un caso aparte, pues no tramita puntualmente expedientes sobre un determinado tema sino que interviene en los que tengan trascendencia institucional o sean de interés público a criterio del tribunal o de su presidente. (...). Finalmente, la Secretaría de Juicios Originarios lleva adelante el trámite de los procesos que la Constitución asigna directamente a la Corte (arts. 116 y 117 CN.), excepto los de materia penal.

Aclaración importante; las secretarías no dictaminan formalmente (y por ello estos datos no deben verse como un proxy de su "productividad"), pero hacen un estudio preliminar del caso que a partir de su circulación interna es el insumo básico para las "vocalías" (esto es, para lo que cada juez resuelve).

Por eso, desglosar el flujo por secretarías nos da un aproximado de la carga por materia, que se muestra en este gráfico.


Un dato interesante: en 2014 hay una notable caida en los casos de civil/previsional (asuimos que es mucho más previsional que civil, pero no podemos hacer un espigado más fino). En todo caso, por primera vez en esta escueta serie el rubro civil+previsional no es el más numeroso del desglose.

Siguiendo con el desglose, este es el desagregado de procedencia de recursos según Secretarías de los últimos tres años.


Ejemplo y clave para "leer" este gráfico: como ven, el ratio más bajo es de los casos "laborales" (esto es una buena noticia para el trabajador: como la mayoría de los juicios laborales los gana el actor, el apelante es el empleador, y la inadmisión de la Corte acelera el punto final del juicio.

Recordemos que con estos ratios estamos hablando de procedencia del recurso, no de darle la razón al recurrente (que es otra historia, sobre la que volveremos mañana).


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Post-data. Como no somos muy partidarios de los PDFs, hemos subido a esta planilla los datos que utilizamos para los posts de esta serie.