Caso Sosa, recontrarecargado

Ya varias veces le hemos puesto la coletilla "recargado" a posts que hablan de segundas partes, o instancias de cumplimiento o enforcement de fallos de la Corte Suprema. Así, p.ej., Río Negro recargado o Badaro recargado.

Bien, si no cuento mal este es el fallo número seis de la Corte contra la Provincia de Santa Cruz en el caso del Procurador Sosa (tuvimos un 0km en el 98 y luego los modelos 2000, 01, 04 y 09). Para no hacer largo este post los remito al último antecedente del año pasado, que contamos un poco acá.


Imágenes del día después

El otro día escribí un papercito sobre el tema que discurre más o menos sasí. Los casos complejos requieren sentencias complejas, las sentencias complejas casi nunca son self-executing. Esto abre un abanico de escenarios del día después. A la pregunta de cómo reaccionan los poderes antes los mandatos del judicial, las respuestas son varias: maximización, minimización, infidelidad, confrontación, inconsistencia, dilatación, prescindencia. Veamos:



Pero la pregunta que nos importa es la que tiene que ver con estos recargados. Qué hace la justicia el día después del día después. Coerción, insistencia, avance, apertura, revisión, delegación, abandono. Then, Tabla II.



A lo cual agregábamos en prosa:

Durante la etapa de implementación, y sesgados por las prácticas más mecánicas a los que los induce el modelo tradicional, los jueces suelen apelar por inercia a las opciones de los renglones superiores o inferiores de la lista: la mecánica insistencia, suplementada con amenazas coercitivas, la opción de “tercerizar” el enforcment a través de la delegación, optar por una resignación generalmente tácita. En buena medida estas son opciones de resistencia, que defeccionan en reconocer la complejidad de los litigios estructurales y la noción de que ellos son un proceso dentro del proceso, con característias de progresividad y provisoriedad, con notas especiales que exigen permanetes reenfoques y revisiones.

Siete casilleros

Primero de todo: celebramos que la Corte tenga autoestima y no opte por el casillero del abandono. Abrazo de gol por eso.

Dicho esto, el del caso Sosa no es un litigio estructural, desde luego, pero debía ser tratado como tal al menos en la panorámica del día después. Creo que la Corte no toma debida cuenta de que hay un elemento nuevo, cuando el Gobernador ahora denunciado ofrecía en diciembre reintegrar a Sosa desdoblando el cargo. Esto puede tomarse como una estrategia dilatoria, o como un principio de acercamiento. Al promover el combo de denuncia penal y llamamiento a la intervención, la Corte dinamitó los puentes.

Curioso: más que una forma de "insistencia" + "coerción", el último "Sosa" es un modo de "delegación", donde le traspasa el problema al fuero penal y al Congreso.

Aún una solución acotadísima como la que parecía insinuar hoy Gil Lavedra (intervención federal ad hoc limitada al Poder Judicial) es traumática. Del lado de Santa Cruz, el caso tiene matices especiales en letra mediana (no del todo chica) que lo diferencian de un bruto incumplimiento, algunas de las cuales aparecen reportadas en este post de vs.

En fin, veremos cómo sigue la cosa. Anécdota pequeña: el otro día multaron a Bibiloni por el incumplimiento del Estado en la causa Riachuelo, una medida tácitamente sugerida por la Corte al juez del caso. A mi en abstracto no me parecía mal, pero al mismo tiempo advertía, que sí, es mejor que nada, pero a futuro los tribunales van a tener que arremangarse y pensar medios más sofisticados que meter coerción a punta de multas personales a los funcionarios.

Hay que mirar los otros casilleros de la tabla.

Una simple citatoria a audiencia personal ante la Corte en pleno, a la cabeza de los tres poderes de la Provincia, hubiera sido una opción mucho más interesante que esta.

Tengo la sensación de que si la Corte opta mecánicamente por una secuencia de recarga y recontrarecarga, más que soluciones se va a seguir comprando problemas.

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- Nota del Cij, con link al fallo.