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Algo sobre teorías y prácticas del derecho

sábado, febrero 26, 2011

El vector de la emoción

Figura 1.1. El tipo te lo explica con una flechita.





Lo que se aplica a la ira, al amor, y a muchas otras cosas. Casi siempre nos damos cuenta tarde de las cosas.

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Trivial quiz: ¿Quién es el autor, cuál es el (gran) libro? #1 no es estrictamente un libro de derecho, aunque el autor ha escrito cosas que tienen que ver con teoría jurídica #2 no se lo enseña mucho en facultades pero es uno de los nombres que aparecen en la navaja suiza de herramientas conceptuales que usamos frecuentemente. El que contesta primero gana prestigio.

miércoles, febrero 23, 2011

Estadísticas en la Justicia: nueve tips




"un palito, dos palitos, tres palitos"


A caballo de la aplicación de métodos profesionales o científicos en la Administración de Justicia, lo primero que se nos ocurre es intentar poner la realidad en números. Pero atención: esto no es para cualquiera, no es cosa de niños que intentan hacerlo en sus casas.

El otro día rescaté un PPT que había hecho el año pasado que explica posibles líos que surgen a partir de eso, y acá va en formato post: requisitos o condiciones para poder usar bien las estadísticas.


1. Confiabilidad (honestidad, sinceridad y seriedad en la captación)

El primer gran problema: los número están deliberadamente dibujados o negligentemente captados. Ocurre sobre todo cuando el que los informa no tiene convicción sobre su utilidad, o, peor aún, piensa que es información que se le está brindando al enemigo (entendiendo como tal al superior recabante de información).



2. Objetividad (reducir la subjetividad en los parámetros)

Se hacen encuestas de satisfacción basadas en sensaciones. Mal. No hay que preguntar si uno está contento o no con el Juzgado. Lo más probable es que la gente conteste eso no con lo que piensa del Juzgado sino con lo que está pensando en ese momento de la vida. Verán que las encuestas que se llenan al final del día son consistentemente peores que las que se llenan al principio. Pero es el mismo Juzgado haciendo la misma cosa. Lo que pasa es que al final del día la gente está más cansada, voilá.

Y viene bien para puntuar otro problema. Las encuestas "autoadministradas" no sirven mucho. Lo único que nos dicen es lo que piensa el subconjunto de gente que ha decidido "hacer" la encuesta, pero no sabemos en modo alguno si ese subconjunto es representativo del total. La verdad es que es casi imposible que lo sea. Muy probablemente, quienes han decidido hacer una encuesta tienen una mucho mejor percepción que los que no la hacen. Basar diagnósticos en la porción más complaciente de un subgrupo es autoengañoso.


3. Completitud (no sirven los relevamientos parciales)

La idea de tener estadísticas es la de que uno pueda tener un panel de control. No sirve de nada saber la velocidad sola, si no se sabe el nivel de nafta y la temperatura del motor. Muchas veces se hace hincapié en los datos más medibles o cuantificables (los tiempos del proceso, las tasas de revocaciones o de elevación a juicio, el número de detenidos) y ese acotamiento suele preceder (o ser consecuencia de) visiones hemipléjicas sobre la complejidad de la labor y de la "misión" de una oficina judicial. (Un ejemplo obvio: a veces no elevar un caso a juicio significa que se ha trabajado bien; lo ilógico sería elevar cualquier cosa por el solo hecho de no dar el caso a torcer).


4. Mecanismos de control (auditorías)

La buena fe se presume, pero hay que dedicarse a controlar de tanto en tanto si los datos coinciden con la realidad. Ese control no debe ser policíaco, sino metodológico.


5. Oportunidad (las estadísticas tienen que darse en tiempo real)

Un primer factor es que se tarda mucho tiempo en "entregar" y "procesar" los datos. Un segundo factor es que se suele trabajar con períodos extensos (semestrales o anuales) y ese espaciamiento entre los puntos de datos oculta mucha información relevante (y oculta en particular lo más relevante de todo: lo último). Es como si los datos de temperatura del servicio metoerológico consistieran en el promedio, max y min de la semana pasada.


6. Homogeneidad y consistencia (hechas con los mismos criterios)

Administrar una encuesta o captación de datos requiere una capacitación previa sobre la forma en que se debe hacer el relevamiento. Si simplemente se distribuye un formulario para que se llene, es posible que haya diferentes interpretaciones sobre conceptos aparentemente simples (P.ej., sobre cuándo una causa está "concluida"). También es importante que estos criterios homogéneos sean participativamente elaborados. Tal vez la gente que trabaja tenga buenas razones, objeciones, sugerencias. Es mejor que las expongan frontalmente y no que intenten subrepticiamente aplicarlas por vía interpretativa.


7. Capilaridad (desagregación, no promediamiento)

El gran defecto de los que hacen números sin formación: sólo conocen una de las medidas de tendencia central, el promedio. El promedio oculta muchas cosas: recuerden nomás Pareto, ley del 80/20.

Entonces, para evitar caer presos de un "promediamiento", todas los datos deben de ser pasibles de desglose (por tipo de proceso, por tramos del proceso, etc.) para saber qué cosa específica está cambiando. Porque tal vez el promedio quedó igual, pero los ordinarios son mucho más rápidos y los amparos mucho más lentos. O somos mejores en delitos pequeños, y mucho peores en los importantes.


8. Evaluación y lectura (qué hacemos con los datos)

Muchas veces se compilan datos con el solo objeto de archivarlos o, en el mejor de los casos, publicarlos. Pero los datos se piden para algo: para "leerlos" y actuar en consecuencia. Esto implica una lectura crítica del dato propio (¿será así nomás?), una valoración (¿está bien o mal esto?), una hipótesis de causalidad ("esto ocurre porque...), una estrategia a desarrollar en función de esa causa ("entonces, tendríamos que hacer tal cosa").Nuevamente, esa lectura y evaluación no debe estar encapsulada en la cúpula de la organización: tal vez los mismos operadores tengan mejores hipótesis y estrategias, precisamente porque están más cerca de los problemas.


9. Correlación, cruzamiento, comparación.

Para todo eso que dijimos antes, lo primero que hay que hacer con los datos es ponerlos juntos para que hablen entre sí: el dato viejo con el dato nuevo, el dato local con el dato global, el dato general con el dato específico, el dato de magnitud con el dato de porcentaje, el bruto con el neto. Y así. Un dato solo rara vez dice algo (o lo puede decir, pero tenemos que buscarle otro dato testigo para ver si miente o dice la verdad).

También es importante que en ese cruzamiento no haya endogamia. Los datos judiciales no deben cruzarse únicamente con datos judiciales, porque si no pueden tener hijos bobos. Un ejemplo obvio ocurre cuando viene alguien diciendo que "creció la litigiosidad". No señor: que haya más juicios iniciados no significa que creció la litigiosidad. Si tenemos un PBI que es 40 % más eso implica que se celebran más contratos. Si frente a eso vemos que los juicios iniciados aumentaron un 15 %, tal vez la litigiosidad bajó como proporción del total esperable en la evolucion del período.

martes, febrero 15, 2011

Cómo escribimos: una cuestión de estilo

Lean esto y deténganse a pensar cada vez que vean un §.

Sres. Miembros del Consejo de Administración
Edificio de Buckingham


De mi mayor estima:


Con motivo de haber observado diversas deficiencias u omisiones en lo que hace al gobierno y administración de nuestro consorcio; teniendo en cuenta que dichas deficiencias u omisiones afectan la imagen de ese Consejo de Administración, cuyo esfuerzo por trabajar por los intereses del conjunto debe ser reconocido; y que, asimismo, aquellas gravitan o podrían gravitar negativamente en el corto o mediano plazo sobre los intereses económicos y en algunos casos sobre el orden que debe regular la buena armonía y convivencia de todo consorcio; y finalmente, a fin de llegar a tiempo con las correcciones que a mi juicio se imponen en estas circunstancias, solicito que ese Consejo gestione ante el señor Administrador la convocatoria a una asamblea extraordinaria en orden a los artículos 17 y 23 del Reglamento de Copropiedad y Administración.


Atentamente,


Oliverio Cromwell

¿Está bien o mal?

§

Gramaticalmente no tiene errores. Pero es un masacote y la oración es muy larga, claro. Podría escribirse de otro modo. Veamos.

Sres. Miembros del Consejo de Administración
Edificio de Buckingham


De mi mayor estima:


Con motivo de haber Habiendo observado diversas deficiencias u omisiones en lo que hace al gobierno y administración de nuestro consorcio y teniendo en cuenta que dichas deficiencias u omisiones afectan la imagen de ese Consejo de Administración, solicito que por su intermedio se gestione ante el señor Administrador la convocatoria a una asamblea extraordinaria en orden a los artículos 17 y 23 del Reglamento de Copropiedad y Administración.

Lo esencial quedó en el primer parrafo. La ventaja es que esto logra la deseable estructura de pirámide invertida: lo más importante, primero y adelante. Pero todavía sigue siendo un poco larga. Entonces tal vez convenga tachar más cosas. No es bueno un doble gerundio ("habiendo" y "teniendo"). Simplifiquemos.



Habiendo observado diversas deficiencias u omisiones en lo que hace al gobierno y administración de nuestro consorcio  y teniendo en cuenta que dichas deficiencias u omisiones afectan la imagen de ese Consejo de Administración, solicito que por su intermedio se gestione ante el señor Administrador la convocatoria a una asamblea extraordinaria en orden a los artículos 17 y 23 del Reglamento de Copropiedad y Administración.


Lo que queda mucho más parecido a una oración que uno puede leer en voz alta sin asfixiarse. Entonces podemos seguir con otras cosas de la primera versión que no son tan esenciales pero que nos parecen a primera vista importantes.

Esta convocatoria resulta necesaria a fin de llegar a tiempo con las correcciones que a mi juicio se imponen en estas circunstancias, las que gravitan o podrían gravitar negativamente en el corto o mediano plazo sobre los intereses económicos y en algunos casos sobre el orden que debe regular la buena armonía y convivencia de todo consorcio.

Y terminar con una frase final amable y politicamente correcta.
Valorando y reconociendo siempre el esfuerzo de ese Consejo de Administración por trabajar por los intereses del conjunto, los saludo atentamente y espero que ese cuerpo dispense curso favorable a mi petición.


Oliverio Cromwell

La segunda versión , si bien se mira, es mucho más amigable a la lectura que la primera, y tiene la ventaja de estar ordenada en párrafos. Su legibilidad es 100 % mejor. También ocurre que es más larga.


¿Se nos ocurre alguna forma de mejorarla?


Cuando hago esta pregunta, muchos apuntan a buscar algo todavía más largo: detallar las deficiencias, explicar en la carta la forma específica en que ello afectaría intereses individuales o colectivos. Alguien muy prolijito buscará hacer "acápites" en mayúsculas previos a cada párrafo. Alguien muy preocupado buscará acompañar fotocopias que acreditan pagos del consorcio. Algunos hasta saldrían a buscar jurisprudencia en La Ley Online.

Rara vez alguien piensa en una reforma radical, como esta:

Sres. Miembros del Consejo de Administración
Edificio de Buckingham


Debido a deficiencias en la Administración de nuestro consorcio, solicito la convocatoria a una asamblea extraordinaria en orden a los artículos 17 y 23 del Reglamento de Copropiedad y Administración.


Atentamente,


Oliverio Cromwell

Y punto. Eso era todo, todo, lo que había que decir. El resto era (mala) literatura.

§

Me gusta este ejemplo de las tres cartas porque no es una sentencia y porque los judiciales podemos verlo sin sentirnos directamente interpelados, atacados, desde el principio. Pero ahora vayan a un fallo (o a un escrito judicial) y van a ver la enorme dosis de tijera que resistiría. La cantidad de tiempo que se va en un foreplay inoficioso. El laberinto de aclaraciones, prolegómenos y cosas que no vienen al caso. Van a ver que escribimos cosas como la primera versión o la segunda (en el mejor de los casos), y rara vez optamos por la tercera.


§

No vamos acá a levantar acusaciones porque no estamos exentos de haber incurrido en lo mismo que criticamos, y porque sabemos que el sistema que nos educa y nos incentiva suele presuponer que el binomio de extensión del texto más dificultad de comprensión equivale a sofisticación, lucidez y solvencia, y debe ser por ello maximizado.

§

Del relator a los jueces concurrentes, en el ciclo de vida de un proyecto de sentencia, muchas plumas van dando nuevas versiones del texto en los que se sacan veinte palabras y se meten doscientas. Nadie tiene el "poder" de controlar la versión final y a todos les parece mejor sumar, que lo que abunda no daña. Así salen muchas veces mamotretos redundantes y potencialmente incoherentes.


§


 Desde hace varios años paso demasiado tiempo leyendo fallos. La acumulación de horas de lectura nos da trucos inconscientes de lectura ultraveloz en el "género" jurisprudencia, pero nos lleva a "absorber" y naturalizar el estilo forense, y eso es un riesgo. Así como en trabajos insalubres el empleador estaba obligado a pagarte un litro de leche (?), nostros tenemos que tratar de compensar esto con algún tipo de lectura ajena al palo. Sugerimos que lo hagan para mantener la salubridad de la prosa.

§


El primer y tercer ejemplo de carta está tomado del gran librito de Marcelo Di Marco y Nomi Pendzki, Atreverse a Corregir (textos y secretos del texto bien escrito), Sudamericana, 2009 ( es un libro que trata sobre textos literarios, pero que puede aplicarse a otras prosas en mucho de lo que dice). La segunda "correción" y lo Cromwell en Buckingham es mío y si van a comentar, por favor no me digan que es un anacronismo.

miércoles, febrero 02, 2011

Selecciones del Blawger´s Digest | Enero 2011

Hay dos problemas inversos, uno es el del parroquialismo (no leemos nada de otro lado, acá nos las sabemos todas, etc.) y otro, raramente advertido, el de la xenofilia académica (la fe ciega en todo lo que viene de doctrina o jurisprudencia extranjera).


Buscando el justo medio judicial, leemos cuando podemos cosas que vienen de afuera pero lo hacemos con cierta distancia y para ver si ahí hay ideas que valgan la pena. Muchas veces, sí. Pero no nos da para hacer posts específicos. Y tal vez al tiempo nos vamos olvidando.

Entonces: la idea es tomarnos algún principio del mes para un repaso, recomendando cosas que he leído en blogs americanos sobre fallos, problemas y teorías del derecho.

Damos comienzo entonces a la sección cipaya del blog.

- Judge Vinson rules federal health control unconstitutional. Otro fallodeclarando la inconstitucionalidad de la ley de reforma del sistema de salud. Si hoy te obligan a contratarlo, dirán algunos, mañana te pueden obligar a comer bróccoli. El ruso Somin explica por qué no es así: Broccoli, Slippery Slopes, and the Individual Mandate. Mas allá de esto, la existencia de estos fallos revela dos cosas: , que algunas reformas legislativas tienen que lidiar con fallos de jueces que convierten sus prejuicios e ideologías en dogma jurídico regresivo, que es problemático trabajar con constituciones tan deshidratadas de derechos como la Const. USA, por más enmiendas y due process que le hayamos adosado in bonam partem.

- Hasen on the Supreme Court Anticipatory Overruling. "Anticipatory overruling occurs when the Court does not overrule precedent but indicates its intention to do so in a future case." Cuando una Corte avisa que va a cambiar su criterio más adelante, pero no ahora.Una suerte de inconstitucionalidad diferida.

- Supreme Court of the United Kingdom Apparently Holds That Shouting, Frequent “Denigration of ... Personality,” and Denial of “Money for Housekeeping” May Qualify as “Domestic Violence” . Una interpretación amplia del concepto de violencia doméstica, de la Corte Suprema del Reino Unido (¿cuántos conocen de su existencia?), interpretando una ley (no todo es "common law" en UK).

- Do Daughters Influence Judges?. Jonathan Adler nos dice que sí, como bien sabemos a partir del caso notorio de la hija de Julio Cobos.

- The Lawyer-Judge Bias in the American Legal System. Los jueces que se formaron como abogados tal vez lo sigan siendo en su corazoncito y esto genera problemas para el sistema legal. Polémico, teléfono para Lorenzetti, muy probablemente: cierto. Abajo, el you tube ad hoc.





- Rosenthal on Originalism in Practice. Ingresa en esta lista por la siguiente frase que nos arenga a dejar de perder tiempo en boludeces: "Originalist adjudication is rather like the Loch Ness Monster – much discussed, but rarely encountered". A veces, escondido en lugares como este, uno encuentra el lugar para decir algo en lo que tal vez cree: muchas de las batallas de la doctrina (norte)americana son batallas que se dan en la retaguardia y no en la vanguardia del derecho constitucional. Algo de eso aparece en este post: The U.S. Constitution: Beloved or Betrayed

- “Judicial Minimalism” (at Least of One Sort), Pro and Con. La miseria del minimalismo judicial llega a esto: "The Court decides that the Government did not violate the right to informational privacy without deciding whether there is a right to informational privacy, and without even describing what hypothetical standard should be used to assess whether the hypothetical right has been violated".

- The Rise and Fall of Law Faculty Blogs. Breve y absolutamente correcta conjetura de Orin Kerr sobre por qué los blogs de facultades casi nunca funcionan.

- The Law of Baby Names- Carlton Larson cuenta su paper sobre el derecho de los padres a ponerle nombres a sus hijos, y cuándo y por qué el Estado podría restringirlo. Incluye una lista de nombres extravagantes y bizarros.

- Farber on Preemption. Sobre la doctrina de la primacía federal, o federal preemption. "The paper’s general conclusion is that preemption law is likely to remain very messy because it involves overlapping issues: methods of interpreting federal statutes, views of federal versus state power, disputes about the role of regulation versus liability in controlling risks, attitudes toward juries and toward administrative agencies, and the benefits and drawbacks of specific regulatory policies. Because preemption cases have multiple dimensions, doctrinal tidiness is unlikely". Con razón no entendíamos nada.

When a Horse is More than Just a Horse, and Also Qualifies as a “Vehicle”. Dont drink and ride, digamos. Discussing cases in several states where people have been charged with driving under the influence because they were drunk while riding horses or mules. This despite the fact that DUI statutes are usually limited to people who were driving a "vehicle".

Y eso es todo por este mes. Si quiere seguir el feed de los blawgs que compilo, es este. Si nos quieren recomendar algún blog que amen para ponerlo bajo el radar, adelante. Luego vemos si la sección prospera.

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