saberderecho.com

Algo sobre teorías y prácticas del derecho

lunes, julio 29, 2013

El circo de la Corte Suprema 2012

Como regreso de la feria un post chiquito y visual, gráfico de pista de circo cortesía de Andy Tow (autor de un gran blog electoral y del canónico atlas de resultados de comicios en el país) que muestra las afinidades electivas de la Corte Suprema en 2012. Se trata de un "beta", experimental, que AT sugirió para ver qué salía con formas de visualización que no solemos usar.


(Click sobre la imagen para ver grande el mandala)

Explicación en prosa.


  • Para este gráfico AT tomó la base de los 50 casos que yo elegí como los más importantes de 2012 (y que conté uno por uno en este post). 
  • En la circunferencia ven los siete jueces. El segmento que se le asigna a cada uno depende del número de casos en el que intervinieron (dentro de esa ¨muestra¨ de 50 fallos), y ese es otro dato importante que nos muestra el gráfico.
  • Los siete jueces están conectados por ¨avenidas¨ o "calles¨. Cuando más anchas (mas "avenidas¨) sean, mayor es el número de coincidencias que tuvieron en votos ese par de jueces en los 50 casos. Si la Corte hubiera fallado por unanimidad todos los casos, no habría calles, sería todo un gran playón. Si hubiera votos separados para todos los casos, en el medio no habría nada.
  • Las de mayor ¨ancho¨son las panamericanas de (Highton - Petracchi y Highton - Maqueda) y las autovías Lorenzetti - Maqueda. Petracchi - Maqueda y Highton - Lorenzetti.
  • Callejuelas muy estrechas en las que solo podés pasar a pie o con un Smart: Fayt - Petracchi y Argibay - Zaffaroni.

En su momento hicimos otros peinados estadísticos con gráficos más convencionales sobre esta muestra. Pueden verlos acá y acá.

viernes, julio 05, 2013

Efectos no deseados de los derechos constitucionales


Fuente: Wednesday

El problema de los derechos es que vos se los das y después la gente los usa para litigar, en lugar de formar un partido y presentarse a elecciones, y eso es malo para la política.

Leemos:

Las cartas de derechos están concebidas, además, para alentar el crecimiento de muchos grupos de interés rivales. En sistemas donde no existe una legislación de derechos o la posibilidad de revisiones judiciales, las medidas se redactan primero en los ámbitos legislativo y ejecutivo del gobierno. En esos foros, los grupos deben formar amplias coaliciones para poder hacer valer sus intereses. Sin embargo, algunos observadores han sostenido que en sistemas que cuentan con una carta de derechos afianzada, tales grupos tienen un incentivo para evitarse la tarea de formar una coalición porque pueden presentarse aisladamente en los tribunales (Knopff y Morton, 1992; Morton, 1987: 31-55).

De Charles Epp, La revolución de los derechos, Siglo XXI, Buenos Aires, 2013, pág. 35. La obra es traducción de The Rights Revolution: Lawyers, Activists and Supreme Courts in Comparative Perspective, University of Chicago Press, Chicago, 1988. Knopff y Morton 1992 es Charter Politics, Scarborough, Ont., Nelson. (F. L.) Morton 1987 es "The political Impact of the Canadian Charter of Rights and Freedoms", en Canadian Journal of Political Science.

lunes, julio 01, 2013

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...

LinkWithin

a l g o | s o b r e | t e o r í a s | y | p r á c t i c a s | d e l | d e r e c h o

(cc) Gustavo Arballo 2005 - 2010 | | Feed | suscribirse a este blog |